TC Rol 3587
Tribunal Constitucional·Rol 3587
Sumario
4-4 1)(2 //rte./ Santiago, diecinueve de julio de dos mil diecisiete. Proveyendo a fojas 41 y 61: estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 28 de junio del año en curso -a fojas 38-, toda vez que la certificación de fojas 43 es idéntica a la acompañada en el libelo de fojas 1, adoleciendo de los mismos defectos que impiden a esta Magistratura admitir a trámite la acción deducida, por lo que, atendido el tiempo transcurrido y teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N ° 17.997, Se resuelve: Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese, comuníquese y archívese. ROL N ° 3587-17-INA. SR. HERNÁNDEZ Pronunci- por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Marisol Peña Torres, y los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán, Nelson Pozo Sil...
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4-4 1)(2 //rte./ Santiago, diecinueve de julio de dos mil diecisiete. Proveyendo a fojas 41 y 61: estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 28 de junio del año en curso -a fojas 38-, toda vez que la certificación de fojas 43 es idéntica a la acompañada en el libelo de fojas 1, adoleciendo de los mismos defectos que impiden a esta Magistratura admitir a trámite la acción deducida, por lo que, atendido el tiempo transcurrido y teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N ° 17.997, Se resuelve: Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese, comuníquese y archívese. ROL N ° 3587-17-INA. SR. HERNÁNDEZ Pronunci- por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Marisol Peña Torres, y los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán, Nelson Pozo Silva y José Ignacio Vásquez Márquez. Se certifica que los Ministros señora Marisol Peña Torres y Juan José Romero Guzmán concurrieron al acuerdo uolr /05w;ti., y a la resolución, pero no firman por encontrarse haciendo uso de su feriado legal. Autoriza el señor Secretario mil 165 M lana De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl > Enviado el: jueves, 20 de julio de 2017 14:38 Para: pablochandiaayala@gmail.com ; marioluiselgueta@gmail.com ; PABLOCHANDIAAYALA@GMAILCOM Asunto: Notificacion Rol 3587-17 Datos adjuntos: 2748_1.pdf Sres .Mario Elgueta Saldivia y Pablo Chandia Ayala por la requirente; Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal con fecha 19 de julio en curso en el proceso Rol N° 3587-17, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Bairon Antonio Ravelo Marín respecto del artículo 196 ter de la Ley N° 18.290, en el proceso penal RUC 1601190722-2, RIT 0-31-2017, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, por recurso de nulidad, bajo el Rol Reforma Procesal Penal N° 79-2017. Atentamente, Secretario Abogado secretariocchille.c1 Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile