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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 3597

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Sumario

Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 163, téngase por cumplido lo ordenado y agréguense los documentos al expediente. A fojas 165, 254 y 271, a todo, a sus antecedentes. VISTOS: Introducción A fojas 1, con fecha 21 de junio de 2017, Maria Teresa Faundez Becerra deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 64 de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, y del artículo 73 del Decreto N° 412, de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N° 2, de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, para que produzca efectos en la causa sobre recurso de protección caratulada “Faundez con Comisión Medica Central De Carabineros”, de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N° Protección – 31.944- 2017. El requerimiento fue admitido a tramitación y declarado admisible por resoluciones de la Primera Sala de esta Magistratura, ordenánd...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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Normas y sentencias citadas

  • citalaw #282292oordinado y sistematizado del DFL N° 2, de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, para que produzca efec
  • aplicaexternal #licabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 64 de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, y del artículo 73 del Decreto N° 412, de 1991, qu
  • aplicaexternal #n de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 64 de la Ley N° 18.691, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile y del artículo 73 del DFL N° 2, que Establece Esta
  • aplicaexternal #unción del principio de probidad, recogido por el artículo 53 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; DÉCIMO SEGUNDO: Que
  • fundaexternal #garantizados en los numerales 1°, 2°, 3° y 26 del artículo 19 constitucional. Afirma que la competencia que se confiere a la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile
  • fundaexternal #orte en el examen de arbitrariedad exigido por el artículo 20 de la Constitución. En el fondo, con una base técnica suficiente se supera este estándar y no nos encontraremos frente
  • citaexternal #a las diferencias constitutivas de cada caso (STC Rol 2955, c. quinto); VIGÉSIMO NOVENO: Que, en el mismo sentido se debe tener presente que la verdadera exi
  • citaexternal #Notifíquese, comuníquese, regístrese y archívese. Rol Nº 3597-17-INA. SR. ARÓSTICA SR. GARCÍA SR. HERNÁNDEZ SR. ROMERO SRA. BRAHM SR. LETELIER
  • citalaw #30073ad por inconstitucionalidad del artículo 64 de la Ley N° 18.691, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile y del artículo 73 del DFL N° 2, que Establece Esta
  • citalaw #30329constitucionalidad respecto del artículo 64 de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, y del artículo 73 del Decreto N° 412, de 1991, qu
  • citalaw #29427, así como en las disposiciones pertinentes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1.- Que se rechaza el requerimi
  • citalaw #29967io de probidad, recogido por el artículo 53 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; DÉCIMO SEGUNDO: Que