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Cochid lexCorpus jurídico chileno
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TC Rol 3648

Tribunal Constitucional·Rol 3648

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000488 triatacuano eolica ¡odo Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete. A fojas 425, téngase presente. A fojas 482 y 487, a todo, ténganse por evacuados los traslados conferidos. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, a fojas 424, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se le tenga por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 475, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que, fueron evacuadas presentaciones en autos a dicho respecto, a fojas 425, 482 y 487. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE _ RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 424. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y com...

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