Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 3715

Modo lectura

Sumario

— 000146 M £L¿CLMWÍQ / JZÁ0 Santiago, quince de marzo de dos mil dieciocho. VISTOS: Con fecha 28 de julio. de 2017, Miguel Enrique Lobos Bruna requiere la declaración de inaplicabilidad por inconstituciónalid_ad respecto del artículo 17%, inciso segundo, de la Ley N% 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N* 17.798, en el proceso penal RUC N%1600527006-9, RIT N9 240-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Vifña del Mar. Preceptos legales cuya aplicación se impugna. El texto de los preceptos legales impugnados dispone: “Ley N7 18.216. Título Preliminar, Artículo 19.,- La ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas: a) Remisión condicional. b) Reclusión parcial. c) Libertad vigilada. d) Libertad vigilada intensiva. e) Expulsión, en el caso señalado en el artículo 34. f) Prestación de servicios en beneficio de la comunidad. No procederá la f...

Considerandos

  1. Considerando 1

    #
  2. Considerando 2

    #
  3. Considerando 3

    #
  4. Considerando 4

    #
  5. Considerando 5

    #
  6. Considerando 6

    #
  7. Considerando 7

    #
  8. Considerando 8

    #

Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #los 51 a 54, 72, 73 y 103 del Código Penal, en la ley N220.084 y en las demás disposiciones de esta ley y de otras que otorguen a ciertas circunstancias el efecto
  • aplicaexternal #tenencia de arma de fuego prohibida y municiones (artículo 13 de la Ley 17.798), y de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes o psicotrópicas (artículo 3 de la Ley 20.000).
  • aplicaexternal #to de sustancias estupefacientes o psicotrópicas (artículo 3 de la Ley 20.000). Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal. La parte requiren
  • fundaexternal #cia que los preceptos reprochados contravienen el artículo 19 de la Constitución Política. Al establecer que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, se tiene qu
  • fundaexternal #ncreta; 13%. B) Acerca del argumento basado en el artículo 103 de la Constitución. Que, en segundo lugar, debe advertirse que la legitimidad constitucional de esta norma legal no de
  • aplicaexternal #tículo 3*2, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 del Código Penal. Para determinar la pena en los delitos previstos en los artículos 82, 92, 10, 13, 14 y 14 D, y en
  • aplicaexternal # pena de confiscación de bienes, salvo el comiso (artículo 31 del Código Penal) en los casos establecidos sólo por ley. Con excepción de su aplicación en situaciones fácticas de
  • aplicaexternal #debemos remitirnos de acuerdo con el precepto del artículo 20 del código Civil, y en la acepción que interesa a la materia, significa "poner a alguien o algo en lugar de otra per
  • aplicaexternal #o 196 Bis de la Ley del Tránsito (2014), el nuevo artículo 449 del Código Penal referido a los delitos contra la propiedad (2016) y el mnuevo delito de colusión en el ámbito de la
  • citalaw #29291e fuego prohibida y municiones (artículo 13 de la Ley 17.798), y de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes o psicotrópicas (artículo 3 de la Ley 20.000).
  • citalaw #235507estupefacientes o psicotrópicas (artículo 3 de la Ley 20.000). Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal. La parte requiren
  • citalaw #29636da en virtud de la Ley N* 20.603, que modificó la ley 18.216, precisamente en el sentido de orientar al sistema chileno hacia la ejecución de las penas en liber