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Cochid lexCorpus jurídico chileno
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TC Rol 3834

Tribunal Constitucional·Rol 3834

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y 00053 lirraeta y he, Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que por resolución de 7 de septiembre de 2017, esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N“ 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional; 2%. Que el requirente no dio cumplimiento a lo resuelto, en orden a subsanar en forma su requerimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N" 6%, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley No 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE : téngase por no presentado el requerimiento deducido a fojas 1, para todos los efectos legales. - 000054 Notifíquese y archívese. Rol N”* 3834-17-INA. ...

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TC Rol 3834 | Cochid Lex