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TC Rol 3909

Tribunal Constitucional·Rol 3909

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Uvu036 TIRAR RIO Santiago, veinticinco de octubre de dos mil diecisiete. Proveyendo a fojas 29: estese a lo que se resolverá. Proveyendo a fojas 35, visto y considerando lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que autoriza el retiro del requerimiento mientras no sea declarada su admisibilidad, Se resuelve: Téngase por retirado el requerimiento interpuesto y por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y comuníquese. Archívese[ 1 3909-17-INA. ARÓSTICA E K. ; SR. GARCÍA A Y SR. LETELIER Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, ¡integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y por sus Ministros señores Carlos Carmona Santander, Gonzalo García Pino, señora María Luisa Brahm Barril y señor Cristián Letelier Aguilar. Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional. UNA Notificaciones del Tribunal Constitucional MNR ES De: tribunalconstitucional.cl ...

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