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TC Rol 4107

Tribunal Constitucional·Rol 4107

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000081 sdiotisoo Santiago, tres de mayo de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, a fojas 80, el Ministerio Público acepta el desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1 2 . Ha lugar a la solicitud de fojas 72. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2 2 . Álcese la suspensión parcial del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 4107-17-INA. SR. LETELIER Pronunciada por el...

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