INA-Inadmisibilidad
Tribunal Constitucional·Rol 4535
Sumario
0) 000049 Úicarada yr Santiago, dos de mayo de dos mil dieciocho. A fojas 21, téngase por evacuado el traslado. A fojas 25, a lo principal, téngase presente, como se pide a la forma de notificación; al otrosí, téngase presente. A fojas 26, a lo principal y al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, ténganse por acompañados. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 29 de marzo de 2018, la Universidad de Santiago de Chile, representada convencionalmente por Ángel Jara Tobar, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 437 del Código del Trabajo, en el proceso laboral sobre vulneración de derechos fundamentales, caratulados “Burgos con Universidad de Santiago de Chile”, seguido ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, bajo el RIT T-54-2018; 2”. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que...
Considerandos
Considerando 77
#Que, en la especie, la actora impugna lo dispuesto en el artículo 473 del Código del Trabajo, en el contexto de un juicio por vulneración de derechos fundamentales sustanciado ante el 1” Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, encontrándose pendiente la realización de audiencia de juicio oral; 8”. Que, la disposición reprochada en estos autos, de ser aplica en dicha gestión, genera, según se lee a fojas 2, “una práctica de notificación por cédula, lo cual produce en el caso concreto resultados contrarios a la CPR”. Lo anterior, puesto que se aduce a fojas 3 del libelo, que la Universidad de Santiago no habría tomado real conocimiento de la demanda laboral, atendido que el Rector, representante legal de la misma, se encontraba fuera del lugar del juicio; 000051 doo 29%. Que, a efectos de resolver lo que será declarado en estos autos, resulta medular que, a dicha circunstancia, el requirente accionó de nulidad de todo lo obrado, argumentando déficit en la notificación y, desde allí, ejercer una adecuada defensa. El incidente en cuestión fue desechado, así como la reposición a lo anterior (fojas 3); 10”. Que, así, se torna ineguívoco que la controversia que es presentada a este Tribunal Constitucional, implica la alegación en torno a preceptiva que ya fue aplicada en la gestión pendiente. Esto es, el problema que la parte denunciada laboral aduce en torno a la normativa laboral reprochada, fue objeto de alegaciones ante el tribunal de la instancia, habiendo obtenido a dicho respecto un pronunciamiento en derecho -—denegatorio-, ejerciendo también recursos a su respecto; 11%. Que, así, la acción de autos no ha superado el necesario estándar negativo que ha sido establecido en el artículo 84, numeral 5? de la Ley N”* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura y en dichos términos debe ser declarado. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en los artículos 6%, 7% y 93, inciso primero, N” 6”, e inciso undécimo, de la Constitución Política y en los artículos 84, N" 5 y demás pertinentes de la Ley N? 17,997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE DECLARA: 1%. Inadmisible el requerimiento deducido en lo principal, de fojas 1. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese a tal efecto. Notifíquese al requirente. Archívese. Rol N” 4535-18-INA. 000052 PF Qe SR. MARÓSTICA A a R ARCE, A setas SRA. BRAHM SR. LETELIER O Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señor Gonzalo García Pino, señora María Luisa Brahm Barril y señores Cristián Letelier Aguilar y Nelson Pozo Silva. Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional, señor Rodrigo Pica Flores. Oscar Fuente: 00005 s Salazar 2 De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: ( tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> lunes, 07 de mayo de 2018 15:00 angel.jaraGusach.cl; jorge.pineda.¡Ousach.cl; elisa.arausOusach.cl; francisco.alvarado.aQusach.cl; MARIO.ADISIUSOGMAIL.COM Notificacion Ro! 4535-18 5763_1.paf Señor Ángel Jara Tobar, Jorge Pineda Jiménez, Francisco Alvarado Ávalos, y doña Elisa Araus Salazar, por la Universidad de Santiago de Chile; Señor Mario de Luca Capdevila por el requerido, don Héctor Burgos Gallegos: Adjunto remito a ustedes, resolución dictada por la Segunda Sala de este Tribunal en el proceso Rol N* 4535-18, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Universidad de Santiago de Chile respecto del artículo 437 del Código del Trabajo, en el proceso laboral sobre vulneración de derechos fundamentales, caratulados "Burgos con Universidad de Santiago de Chile", seguido ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, bajo el RIT T-54-2018. Atentamente, Secretario Abogado secretario(Qitcchile. cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234. Santiago - Chile 00005 Notificaciones Tribunal Constitucional tula, ce EE De: Notificaciones Tribunal Constitucional <notificacionesOtcchile.cl> Enviado el: lunes, 07 de mayo de 2018 16:04 Para: "Notificaciones del Tribunal Constitucional”; 'jlabsantiago1O pjud.cl'; 'krojasO pjud.cl"; "cgriffithO pjud.cl' cc: "notificaciones.tcOgmail.com'; 'Marco Ortúzar”; José Francisco Leyton'; "ncortesEtcchile.cl”; "Rodrigo Pica F.'; ofuentesEtcchile.cl Asunto: Álcese la suspensión del procedimniento decretada en autos. Datos adjuntos: Resolución..pdf Señora Karin Rocio Rojas Foncea Señor Christian William Griffith Figari Jefes de Unidad de Causas Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago p o Junto con saludarlos, vengo en comunicar y adjuntar resolución dictada por la Segunda Sala de esta Magistratura en el proceso Rol N” 4535-18 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Universidad de Santiago de Chile respecto del artículo 437 del Código del Trabajo, del proceso laboral sobre vulneración de derechos fundamentales, caratulados “Burgos con Universidad de Santiago de Chile”, seguido ante ese Primer Juzgado de Letras del Trabajo, bajo el RIT T-54-2018. Para su conocimiento y fines pertinentes. Atentamente, énica Sánchez Abarca Oz E Tribunal Constimucional 7T219224-+ 212200
Normas y sentencias citadas
- aplicaexternal #—— licabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 437 del Código del Trabajo, en el proceso laboral sobre vulneración de derechos fundamentales, caratulados “Burgos con Univers
- aplicaexternal #—— la especie, la actora impugna lo dispuesto en el artículo 473 del Código del Trabajo, en el contexto de un juicio por vulneración de derechos fundamentales sustanciado ante el 1” Juzga