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TC Rol 469

Tribunal Constitucional·Rol 469

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Sumario

22 [Larut y tr) Santiago, veintisiete de marzo de dos mil seis. 0) VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de fojas 1, esta Sala debe apreciar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, esto es, la existencia de una gestión pendiente ante el tribunal ordinario o especial, que la aplicación del precepto legal impugnado pueda resultar decisivo en la resolución de un asunto, que la impugnación esté fundada razonablemente y se cumplan los demás requisitos que establezca la ley; 22. Que, el requerimiento no contiene la exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho que . ”. exige el 39, inciso primero, de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal, especialmente en cuanto a la precisión de la gestión judicial a cuyo respecto ese solicita esta inaplicabilidad, como también a la invocación de las normas consti...

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