TC Rol 477
Tribunal Constitucional·Rol 477
Sumario
2] 29 30 40 (tuarenta Santiago, (veintiséis de abril dedos mil, seis. o ÍA VISTOS: Y": CONSIDERANDO: 2 0020202, A ” 19, Que, para pronunciarse sobre la: admisibilidad. del” 0: requerimiento "+ de: :.. sinaplicabilidad por inconstitucionalidad de "fojas: 1,p.estatSala” debe tapreciar-el: cumplimiento. de 'lo “establecido. en -el :'artículo:'93, inciso. decimoprimero,: de. la. Constitución: Política, esto: es, . la. existencia” de +¿una ..gestión . pendiente rante. un tribunal ordinario o especial, que la aplicación: del precepto legal impugnado pueda resultar decisiva en la resolución 'de. un? asunto, .que. la: impugnación esté: fundada razonablemente y se cumplan los. (demás requisitos 'que: establezca la ley; “ci. .57 2 210 12%: "QUe, nel- requerimiento. deduecido*no contiene: una exposición clara tanto acerca de los antecedentes. de la gestión judicial respecto. de' cla -cualo.«sseinssolicita: la inaplicabilidad, cuanto en relación con los fundamentos de la presen...
Considerandos
Considerando 1
#, de la Ley 17.997; 39. Que, a mayor abundamiento en este sentido, en la parte petitoríia se solicita la declaración de inaplicabilidad del artículo 116 del Código Tributario por ser contrario a los artículos 19, N% 3%, inciso 4%, 76, 6 y 7 de la Constitución Política. No obstante, a fojas 14 se afirma que “las normas (d)el Código Tributario citadas...están en contradicción con las disposiciones constitucionales, en especial del 19 N*.3 inciso 4 y art.76.” lo que resulta contradictorio con lo requerido a este Tribunal; 4. Que, atendido lo expuesto en los considerandos anteriores, el requerimiento no' cumple, con los requisitos a. Mario Fernández Baeza y Marcelo Venegas Palacios y el Abogado Integrante, señor Francisco Zuñiga Urbina. Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional, don Rafael Larrain Cruz. DD 4 Alter
Considerando 10
#primero,: de. la. Constitución: Política, esto: es, . la. existencia” de +¿una ..gestión . pendiente rante. un tribunal ordinario o especial, que la aplicación: del precepto legal impugnado pueda resultar decisiva en la resolución 'de. un? asunto, .que. la: impugnación esté: fundada razonablemente y se cumplan los. (demás requisitos 'que: establezca la ley; “ci. .57 2 210 12%: "QUe, nel- requerimiento. deduecido*no contiene: una exposición clara tanto acerca de los antecedentes. de la gestión judicial respecto. de' cla -cualo.«sseinssolicita: la inaplicabilidad, cuanto en relación con los fundamentos de la presentación, como lo exige el artículo 39, inciso
Normas y sentencias citadas
- aplicaexternal #—— e solicita la declaración de inaplicabilidad del artículo 116 del Código Tributario por ser contrario a los artículos 19, N% 3%, inciso 4%, 76, 6 y 7 de la Constitución Política. N
- citalaw #29427— o lo exige el artículo 39, inciso primero, de la Ley 17.997; 39. Que, a mayor abundamiento en este sentido, en la parte petitoríia se solicita la declaración