INA-Inadmisibilidad
Tribunal Constitucional·Rol 4774
Sumario
0ULDE? omita y suela Santiago, cinco de julio de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 82, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer y segundo otrosí, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 23 de mayo de 2018, a fojas 1, YAGO SpA, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 439 del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Salvador con Representaciones Yago SpA”, sobre demanda en procedimiento de aplicación general, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo el RIT 0-3436-2017, RUC 17-4-0030923-K; 2%. Que, a fojas 67, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3%. Que, a fojas 75, la Primera Sala acogió a tramitación el presente requerimiento, suspendiendo la gestión pendiente y confiriendo traslado a las partes por el término de 10 días para que se pronuncie...
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0ULDE? omita y suela Santiago, cinco de julio de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 82, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer y segundo otrosí, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 23 de mayo de 2018, a fojas 1, YAGO SpA, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 439 del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Salvador con Representaciones Yago SpA”, sobre demanda en procedimiento de aplicación general, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo el RIT 0-3436-2017, RUC 17-4-0030923-K; 2%. Que, a fojas 67, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3%. Que, a fojas 75, la Primera Sala acogió a tramitación el presente requerimiento, suspendiendo la gestión pendiente y confiriendo traslado a las partes por el término de 10 días para que se pronuncien sobre su admisibilidad, facultad ejercida, a fojas 82, mediante traslado de Ricardo Napadensky Míquel en representación de Flavio Salvador Pellegrini; 4%. Que, del examen del requerimiento interpuesto, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no puede prosperar, por lo que ella será declarada inadmisible, al concurrir en la especie la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6% del artículo 84 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, esto es, adolecer de falta de fundamento plausible; 5%. Que, en efecto, la requirente solicita se declare inaplicable la norma contenida en el artículo 439 del Código del Trabajo la cual faculta al tribunal para ordenar la notificación mediante la publicación de un aviso o, por cualquier medio idóneo, siempre que se garantice el derecho a defensa, atribución ejercida por el 2% Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en Causa RIT— 0-3436-2017 y, respecto de la cual la parte requirente ante esta Magistratura interpuso excepciones que se encuentran pendientes de resolución, tal como expone en su escrito de fojas 73 y, respecto de las cuales, además, proceden recursos procesales; 6%. Que, en este sentido, esta Magistratura ha precisado, entre otros criterios, que "la acción de inaplicabilidad es una vía procesal inidónea para impugnar resoluciones Judiciales de tribunales ordinarios o especiales con la finalidad de revocar, enmendar, revisar, casar o anular éstas; ya que la guarda del imperio de la ley en el conocimiento, juzgamiento y ejecución de lo juzgado en general y de la sustanciación en 'partícular de las Causas Civiles y Criminales corresponde exclusivamente a los tribunales creados por la ley a través de las vías procesales previstas en las leyes de enjuiciamiento (..)" (STC roles N%s 1624, 1772, 2147, 2444, 2566, 2630, 3229, 3231, 3269 y 3318, entre otras); 7%. Que, por ello, al no desarrollar argumentaciones en derecho claras, específicas y delimitadas para comprender la contradicción constitucional que reseña a fojas 1 y en su petitoria, la acción deducida no supera el estándar que el legislador orgánico ha establecido en el artículo 84, numeral 6% de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que no puede prosperar y así será declarado. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en los artículos 6%, 7% y 93, inciso primero, N* 6%, e inciso undécimo, de la Constitución Política y en los artículos 84, N*% 6 y demás pertinentes de la Ley N*2 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE DECLARA: Inadmisible el requerimiento deducido en lo principal, de fojas 1. Déjese sin efecto la suspensión del procedimiento decretada a fojas 75. Ofíciese al 2% Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Notifíquese al requirente. Comuníquese. Archívese. Rol N% 4.774-18-INA. 000086 0 t) oubiz Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y por los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán y José Ignacio Vásquez Márquez. Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional. 000686 Notificaciones del TC L Odunta y cho De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoGtcchile.cl> Enviado el: martes, 10 de julio de 2018 9:10 Para: ccumsilleOcyclimitada.com; RICARDOGONAPADENSKY.CL Asunto: Notificacion Rol 4774-18 Datos adjuntos: 6659_1.pdf Señora María Cecilia Cumsille Bravo, por el requirente: Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N? 4774-18, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por YAGO SpA respecto del artículo 439 del Código del Trabajo, en los autos caratulados "Salvador con Representaciones Yago SpA", sobre demanda en procedimiento de aplicación general, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo el RIT O-3436-2017, RUC 17- 4-0030923-K, Atentamente, Secretario Abogado secretario(Atcchile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile 000089 Notificaciones del TC ohunta ] Mee De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.c1> Enviado el: martes, 10 de julio de 2018 9:14 Para: RICARDOONAPADENSKY.CL Asunto: Notificacion Rol 4774-18 Datos adjuntos: 6661_1.paf Señores Ricardo Mario Napadensky Miquel y Benjamín Napadensky Miquel por don Flavio Salvador Pellegrini: Adjunto remito a ustedes resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N* 4774-18, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por YAGO SpA respecto del artículo 439 del Código del Trabajo, en los autos caratulados "Salvador con Representaciones Yago SpA", sobre demanda en procedimiento de aplicación general, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo el RIT O-3436-2017, RUC 17- 4-0030923-K. Atentamente, Secretario Abogado secretario(Otcchile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile Notificaci Ohne EZ tificaciones del TC a De: Notificaciones del TC <notificacionesGtcchile.cl> Enviado el: martes, 10 de julio de 2018 9:18 Para: 'jlabsantiago20 pjud.cl'; 'cchamiaOpjud.cl' ce "Oscar Fuentes'; Marco Ortúzar"; 'Rodrigo Pica F.; 'José Francisco Leyton"; msanchezOtcchile.cl Asunto: Comunica resolución. Datos adjuntos: Inadmisible de 05 de julio..pdf Señor César Chamia Torres Jefe Unidad de Causas Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Junto con saludarle, vengo comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N” 4774-18, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por YAGO SpA respecto del articulo 439 del Código del Trabajo, en los autos caratulados "Salvador con Representaciones Yago SpA", sobre demanda en procedimiento de aplicación general, seguidos ante ese Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo el RIT O-3436-2017, RUC 17- 4-0030923-K; para los efectos que indica. Para su conocimiento y fines pertinentes. Atentamente., Rodrigo Pica F. Secretario ¡ Tribunal Constitucional Fono: (56-2) 272 19 200 / 272 19 225 Paseo Huérfanos N* 1234, Santiago Centro. Santiago — Chile. 00090 0 embar Nn.c.c. Santiago, 10 de julio de 2018 Señor Pablo Esteban Lora Sepúlveda Providencia N? 2,133, Oficina 306, Providencia Región Metropolitana Remito a Ud., copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 05 de julio del año en curso, en el proceso Rol N* 4774-18, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por YAGO SpA respecto del artículo 439 del Código del Trabajo, en los autos caratulados "Salvador con Representaciones Yago SpA", sobre demanda en procedimiento de aplicación general, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo el RIT 0-3436-2017, RUC 17- 4-0030923-K; los fines pertinentes, Saluda atentamente a Ud., = == ——= A Secretario Entregado a Correos de Chile el 10 de julio de 2018 Huérfanos N” 1234» Santiago de Chile » Teléfonos (86-2) 27219200 - 27219214 + secretario Otcchile.cl « www.tribunalconstitucional.el