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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 4777

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Sumario

000140 ,A;14 Santiago, cinco de septiembre de dos mil dieciocho. A fojas 29, a sus antecedentes. A fojas ns estése a lo que se resolverá. , VISTOS Y CONSIDERANDO: 10 . Que, por resolución de 31 de mayo de 2018, esta Sala acogió a tramitación el presente requerimiento de inaplicabilidad y, para resolver acerca de su admisibilidad, confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sub lite, traslado que no fue evacuado dentro de plazo. 2° . Que el artículo 84, N° 3°, de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional —en relación con el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución Política- dispone que "procederá declarar la inadmisibilidad [del requerimiento] en los siguientes casos: (...) 3. Cuando no exista gestión judicial pendiente en tramitación, o se haya puesto término a ella por sentencia ejecutoriada. 3°. Que, conforme a lo ordenado con esta misma fecha, la señora Secretaria (s) del Tribunal ha certificado que l...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 10

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  6. Considerando 145

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #fojas 1. Notifíquese, comuníquese y archívese. Rol N° 4777-18-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presi
  • citaexternal #e la Corte de Apelaciones de Antofagasta, bajo el Rol N° 154-2018 (Laboral-Cobranza). Atentamente, Secretario Abogado secretario@tcchile.c1 Tribunal Constitucion
  • citaexternal #e la Corte de Apelaciones de Antofagasta, bajo el Rol N° 154- 2018 (Laboral-Cobranza). Atentamente, Mónica Sánchez Abarca Secretaria Abogada (S) Tribunal Const
  • citalaw #213004respecto del inciso primero del artículo 4° de la Ley N° 19.886, en los autos caratulados "Rojas con FLESAN S.A.", sobre recurso de nulidad laboral, de que conoce
  • citalaw #29427de plazo. 2° . Que el artículo 84, N° 3°, de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional —en relación con el artículo 93, inciso undéc