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Tribunal Constitucional·Rol 4847

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Santiago, diecinueve de julio de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: I. PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. PRIMERO. Que, por oficio Nº 13.998, de fecha 6 de junio de 2018 -ingresado a esta Magistratura con fecha 7 de junio de 2018-, la Cámara de Diputados ha remitido copia autenticada del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que delega facultades para la modificación de las plantas de personal de profesionales de los Servicios de Salud, correspondiente al Boletín N°11.486-11, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 2 del proyecto de ley; SEGUNDO. Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interprete...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 7

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  7. Considerando 8

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  8. Considerando 9

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  9. Considerando 10

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal # STC Rol N° 375, c. 28 y 41, se hizo respecto del artículo 48 de la Ley N° 18.834, texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por el D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de
  • aplicaexternal # de esta palabra y a la definición que entrega el artículo 15 de la Ley N° 18.834, Estatuto Administrativo, el encasillamiento constituye un acto de nombramiento colectivo o general
  • fundaexternal #las mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política. Y TENIENDO PRESENTE, además, lo dispuesto en los artículos 38, inciso primero; 66, inci
  • fundaexternal #ca para que, en el ejercicio de lo previsto en el artículo 64 constitucional, dicte un decreto con fuerza de ley en que se regulen las materias atingentes no sólo a la forma
  • fundaexternal #gánica Constitucional, de aquellas a que alude el artículo 38 de la Constitución Política de la República, en razón de que éste reserva al legislador orgánico la garantía de la car
  • citaexternal #ey orgánica constitucional, que por sentencia STC Rol N° 375, c. 28 y 41, se hizo respecto del artículo 48 de la Ley N° 18.834, texto refundido, coordinado y si
  • citaexternal #er orgánico constitucional (en igual sentido, STC Rol N° 1059, c. 6°). V. NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO, QUE EL TRIBUNAL DEC
  • citaexternal #erias propias de ley orgánica constitucional (STC Rol N° 192, c. 7°). Así y siguiendo una interpretación conforme, por ejemplo, se estimó contraria a la Carta F
  • citasentencia #495o Administrativo. Y así también, en sentencia STC Rol N° 2836, según lo dispone el artículo 44 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Adminis
  • citasentencia #144 efecto, conforme a lo afirmado en sentencias STC Rol N° 4232, c.8°, y 3232, c. 7°, la normativa que innova en el sistema de provisión de cargos públicos, creand
  • citaexternal #tículo 77, inciso primero de la Constitución (STC Rol N° 336, c. 20). 10°. Que, finalmente, es dable reiterar que lo medular es que el ingreso a la Administraci
  • citaexternal #to en la jurisprudencia de esta Magistratura (STC Rol 3232-16 entre otros). Lo anterior, fundado en la garantía constitucional de igualdad de acceso a los cargo
  • citaexternal #a Cámara de Diputados, regístrese y archívese. Rol N° 4847-18-CPR. 16 SR. ARÓSTICA SR. GARCÍA SR. HERNÁNDEZ SR. ROMERO SRA. BRAHM SR. LET
  • citalaw #281888do y sistematizado fijado por DFL 29 (Hacienda), de 16.03.2.005. Si bien este Tribunal Constitucional no se pronunci
  • citalaw #288019tado – actualmente fijada por DFL N° 1-19.653 (SEGPRES), de 2.001 - dispuso que este personal “estará sometido a un si
  • citalaw #30210. 28 y 41, se hizo respecto del artículo 48 de la Ley N° 18.834, texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por el D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de
  • citalaw #29427ica y lo prescrito en los artículos 48 a 51 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura. SE DECLARA: Que, las disposiciones contenidas en
  • citalaw #29967a sido establecida en los artículos 44 y 45 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo Texto Coordinado,
  • citalaw #211480texto estatutario por el artículo 27°, N° 4 de la Ley N° 19.882, de 2.003. Esta Magistratura no reflexionó sobre la naturaleza orgánica constitucional de este prec