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TC Rol 4876

Tribunal Constitucional·Rol 4876

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000030 hrunta Santiago, tres de julio de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N”* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. ROL N” 4876-18-INA. SRI(ECARCIA mo SRA. BRAHM SR. LETELIER POZO Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, y los Ministros señora María Luisa Brahm Barril y, señores Cristián Letelier Aguilar y Nelson Pozo Silva. Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional, señor Rodrigo Pica Flores. Notificaciones del" TC De: Envi...

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