TC Rol 4899
Tribunal Constitucional·Rol 4899
Sumario
00UU6A Sesa y CInNo Santiago, dos de octubre de dos mil dieciocho. VISTO Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 15 de junio de 2018, Manuel Jesús Carreño Maturana, ha requerido ante esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1%, inciso segundo, de la Ley N* 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N* 17,798, para que surta efectos en el proceso penal RUC N* 1700375566-5, RIT N* 41-2018, seguido ante el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago; 2%. Que, con fecha 19 de junio de 2018, a fojas 61, la Segunda Sala de esta Magistratura, apercibió al requirente a que, dentro de tercero día, acompañara un certificado con las menciones de que dispone el artículo 82 de la Ley N* 17,997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura; 3%. Que consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efec...
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00UU6A Sesa y CInNo Santiago, dos de octubre de dos mil dieciocho. VISTO Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 15 de junio de 2018, Manuel Jesús Carreño Maturana, ha requerido ante esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1%, inciso segundo, de la Ley N* 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N* 17,798, para que surta efectos en el proceso penal RUC N* 1700375566-5, RIT N* 41-2018, seguido ante el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago; 2%. Que, con fecha 19 de junio de 2018, a fojas 61, la Segunda Sala de esta Magistratura, apercibió al requirente a que, dentro de tercero día, acompañara un certificado con las menciones de que dispone el artículo 82 de la Ley N* 17,997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura; 3%. Que consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese al requirente. Rol N* 4899-18-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, la Ministra señora María Luisa Brahm Barril y los Ministros señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel Fernández González. Autoriza la Secretaria (S.) del Tribunal Constitucional, señora Mónica Sánchez Abarca. ae 000065 Notificaciones Tribunal Constitucional De SEA ey IS De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> Enviado el: martes, 2 de octubre de 2018 20:36 Para: pabloandresOgraydeabogados.com Asunto: Notificacion Rol 4899-18 Datos adjuntos: 7987_1.pdf Sr, Pablo Giuliucci Grayde: Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N” 4899-18, sobre Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Manuel Jesús Carreño Maturana respecto del inciso segundo del artículo 1” de la Ley N2 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N” 17.798, en el proceso penal RUC N” 1700375566-5, RIT N* 41-2018, seguido ante el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Atentamente, Secretario Abogado secretarioOtcchile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile