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TC Rol 5117

Tribunal Constitucional·Rol 5117

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Sumario

Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 2.7.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, no se evacuaron traslados a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: mo. Ha lugar a la solicitud de fojas 25. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 20. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 52.2.7 18 INA. - - SR. ERNÁNDEZ LISRA1 BRAHM SR. LETELIER SR. EZ ...

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