TC Rol 5178
Tribunal Constitucional·Rol 5178
Sumario
Santiago, cuatro de septiembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 21 de agosto de 2018, Antonio Marín Garay, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 2.505 del Código Civil, en los autos caratulados “Marín con Madariaga”, Rol C-5436-2015, seguida ante el 11% Juzgado Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recursos de casación y apelación, bajo el Rol 5496-2018; 2”. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 39. Que el artículo 93, inciso primero, N* 60, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyos artículos 79 y 80 establecen los requisitos para que el requerimiento de inaplicabilidad sea acogido a tr...
Considerandos
Considerando 39
#Que el artículo 93, inciso primero, N* 60, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyos artículos 79 y 80 establecen los requisitos para que el requerimiento de inaplicabilidad sea acogido a trámite;
Considerando 40
#Que, teniendo presente lo anterior, esta Sala estima que, conforme la lectura del libelo de inaplicabilidad deducido a fojas 1, el requirente no ha dado cumplimiento a la exigencia prevista en el artículo 80 del cuerpo legal precedentemente enunciado, en cuanto éste no contiene una exposición clara de los hechos y fundamentos en que se apoya y de cómo ellos producen como resultado la infracción constitucional alegada; 5%. Que, por el contrario, se está en presencia de un requerimiento de inaplicabilidad que es inepto para los fines que el actor busca, no cumpliendo así con un esencial requisito para que pueda ser acogido a tramitación ordinaria. De la sola lectura de la presentación, se tiene que ésta es confusa, ininteligible tanto respecto de los hechos que sustentan la gestión pendiente que se siguió ante la judicatura civil en primera y segunda instancia, como respecto a los eventuales vicios de constitucionalidad que el actor denuncia; 6%. Que, de fojas 1 as 12 se enuncian diversos asertos respecto de determinadas actuaciones judiciales para luego, de fojas 13 a 18, explicitar vulneraciones constitucionales que no permiten concatenar los hechos con las alegaciones formuladas ante esta sede constitucional; 7”. Que, por lo expuesto, el requerimiento no satisface siquiera meridianamente los requisitos de inteligibilidad que permitan conocer los hechos y el derecho materia de la acción deducida. No se exponen antecedentes relevantes del juicio civil seguido ni los elementos que, atendido el caso concreto, generarían contravenciones constitucionales; 89, Que, por lo expuesto, el requerimiento deducido no puede prosperar en derecho, teniendo en consideración la forma en que ha sido presentado por el actor. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 6, y en el inciso undécimo del mismo, de la Constitución Política y en los artículos 37, 79 y 80 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Alo principal: que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido en lo principal de fojas 1; a los otrosíes, estese a lo resuelto en lo principal. Notifíquese. Rol N? 5178-18-INA. Ane A Liso JE SRA. BRAHM — HA fe / E LETELIER A Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, la Ministra señora María Luisa Brahm Barril y, los Ministros señores Cristián Letelier Aguilar y Miguel Ángel Fernández González. Autoriza la Secretaria (s) del Tribuna! Constitucional, señora Mónica Sánchez Abarca. o U Notificaciones vamtimab - De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> Enviado el: miércoles, 05 de septiembre de 2018 13:51 Para: amparosproteccionOyahoo.es; hectorsierradWgmail.com Asunto: Notificacion Rol 5178-18 Datos adjuntos: 7488_1.pdf Señor Héctor Rodrigo Sierra Díaz, por el requirente: Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N* 5178-18, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Antonio del Carmen Marín Garay respecto del artículo 2.505 del Código Civil, en los autos caratulados "Marín con Madariaga", Rol C-5436-2015, seguida ante el 11? Juzgado Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recursos de casación y apelación, bajo el Rol 5496- 2018. Atentamente, Secretario Abogado secretario(Mtcchile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile
Normas y sentencias citadas
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- citaexternal #—— .es; hectorsierradWgmail.com Asunto: Notificacion Rol 5178-18 Datos adjuntos: 7488_1.pdf Señor Héctor Rodrigo Sierra Díaz, por el requirente: Adjunto remito a
- citaexternal #—— go, por recursos de casación y apelación, bajo el Rol 5496- 2018. Atentamente, Secretario Abogado secretario(Mtcchile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1