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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 5337

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Sumario

00002.2 Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 24 de septiembre de 2018, Vicente Alexis Manríquez Morales respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 1700541457-1, RIT N° 271-2018, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua. 2°. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura. 3°. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, sentencias roles N°s 1924, 1890, 187...

Considerandos

  1. Considerando 1

    #
  2. Considerando 2

    #

Normas y sentencias citadas

  • citalaw #29291ciada, en relación con delitos establecidos en la Ley N° 17.798, de Control de Armas. En las oportunidades en que los libelos han sido acogidos, por mayoría de vot
  • aplicaexternal #del delito consumado de homicidio contenido en el artículo 391 del Código Penal. En el caso concreto, precisamente, el requirente se encuentra acusado como autor de la comisión de
  • citaexternal #ie. 6°. Que, desde que fuera ingresada la causa Rol N° 2959, en enero de 2016, esta Magistratura ha conocido en diversas oportunidades impugnaciones vía inapli
  • citaexternal #uelto. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 5337-18-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presi
  • citalaw #29427a establecido en el artículo 84, numeral 6° de la Ley N° 17.997, por lo que no puede prosperar y así será declarado. 4 Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en los
  • citalaw #29636respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 1700541457-1, RIT N° 271-2018, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral