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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 5482

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Sumario

OC00DE ac TA 7 La 47 Santiago, veintiuno de marzo de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 19 de octubre de 2018, Jhon Faber Buitrago Castañeda ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad- respecto del inciso segundo del artículo 1 de la Ley No 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N? 17.798, en el proceso penal RUC N* 1500941314-3, RIT N* 160-2016, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo penal de Talagante. Síntesis de la gestión pendiente s En relación con la gestión judicial en que incide el requerimiento, el requirente refiere que, al momento de deducirse la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, se encontraba pendiente de realización audiencia de juicio oral en proceso seguido en su contra por el delito de porte ilegal de arma de fuego. Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el ';)/artículo 19 de la...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #abilidad del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N917.798, sobre control de armas, solicita el rechazo del requerimiento. — E$(pone al efecto que de la histo
  • fundaexternal #que los preceptos reprochados contravienen el ';)/artículo 19 de la Constitución Política. Al establecer que las personas nacen libres e — iguales en dignidad y derechos, se tiene
  • fundaexternal #el derecho a la libertad aparece consagrado en el artículo 1 de la Constitución, reforzado, además, por el artículo 19, N? 7, del mismo compendio constitucional, en sentido que ca
  • fundaexternal #reta; 13%. — B) Acerca del argumento basado en el artículo 103 de la Constitución. Que, en segundo lugar, debe advertirse que la legitimidad constitucional de esta norma legal no de
  • aplicaexternal #rtículo 3%, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 del Código Penal". A su vez, en el inciso segundo del mencionado precepto, que es el que específicamente se impugna
  • aplicaexternal #lo 196 Bis de la Ley de Tránsito (2014), el nuevo artículo 449 del Código Penal referido a los delitos contra la propiedad (2016) y el nuevo delito de colusión en el ámbito de la
  • citalaw #29636xclusión total del delito de los beneficios de la Ley 18.216, vulnera el estándar de racionalidad y justicia garantizado en los artículos 19, N%s 3* (inciso sex