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TC Rol 5512

Tribunal Constitucional·Rol 5512

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000097 1 01i2dI Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 92, a lo principal, téngase por evacuado el traslado, y al otrosí, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 20. Que, a fojas 83, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 30 . Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 83. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Notifí...

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