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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 5613

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Sumario

000037 _ s Santiago, catorce de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 8 de noviembre de 2018, Nicolás Neut Aguayo deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 196 ter, inciso primero, segunda parte, de la Ley N 18.2g0, en el proceso penal RUC N* 1600783994-8, RIT N* 8554-2016, seguido ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. Tramitación del asunto El requerimiento se acogió a tramitación a través de resolución de la Primera Sala de este Tribunal Constitucional. Previo traslado a las partes de la gestión pendiente, se declaró admisible en resolución dictada por la misma Sala. Conferidos los traslados sobre el fondo a los órganos constitucionales interesados y a las partes de la gestión pendiente, no fueron evacuadas presentaciones. Precepto legal cuya aplicación se impugna El texto del precepto legal impugnado dispone: “Decreto con Fuerza de Ley N* 1, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fi...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #a sustitución de la pena original en virtud de la Ley N918.216; 900038 * SEGUNDO: Que el derecho, junto con el reconocimiento de valores o principios, también es
  • fundaexternal #encial función de “bien común” (inciso cuarto del artículo 19 de la Constitución). En cuanto a los bienes jurídicos tutelados, se trata en este caso de otorgar una protección añadi
  • fundaexternal #r el “orden público” y “dar eficacia al derecho” (artículo 101 de la Constitución); 13*%. Que suspender la pena alternativa sustituyéndola por el cumplimiento de un año efectivo de
  • fundaexternal #cipio de independencia judicial, consagrada en el artículo 76 constitucional que expresa “Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso.alguno, ejercer func
  • aplicaexternal #guna de las lesiones indicadas en el número 1 del artículo 397 del Código Penal o la muerte de una persona. Tiempo durante el cual, agrega la norma impugnada, el condenado deberá
  • citalaw #29291ito de armamento / Tenencia de armas del artículo Ley 17.798: N9 3” inciso final / Porte de armas del artículo 3* 10 inciso segundo, inciso final párrafo primer