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TC Rol 5713

Tribunal Constitucional·Rol 5713

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Sumario

Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento oportuno a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. ROL N* 5713-18-JNA. CÍA e y Ma SRA. BRAHM —— ren AE A R. FERNÁNDEZ Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, la Ministra señora María Luisa Brahm Barril y los Ministros señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel Fernández González. Autoriza la Secretaria (S) del Tribunal Constitucional, señora Mónica Sánchez...

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #ail.com; PCOFRESOHOTMAIL.COM Asunto: Notificacion Rol 5713-18 Datos adjuntos: 9287_1.pdf Señor Patricio Cofré Soto, por el requirente: Adjunto remito a usted