TC Rol 5727
Tribunal Constitucional·Rol 5727
Sumario
Santiago, veintisiete de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N2 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que, no fueron evacuados traslados. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 19, Ha lugar a lo principal de la solicitud de fojas 198. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%, Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 5727-18-INA. .ARÓSTICA 777 AT R. HERNÁNDEZ Tar be lo Ñ SRA. Penn / [ SRA. SILVA LIS ...
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Santiago, veintisiete de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N2 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que, no fueron evacuados traslados. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 19, Ha lugar a lo principal de la solicitud de fojas 198. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%, Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 5727-18-INA. .ARÓSTICA 777 AT R. HERNÁNDEZ Tar be lo Ñ SRA. Penn / [ SRA. SILVA LIS SR FERNÁNDEZ Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado y los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza y Juan José Romero Guzmán, señora María Luisa Brahm Barril, señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y José Ignacio Vásquez Márquez, señora María Pía Silva Gallinato y señor Miguel Ángel Fernández González. Autoriza | tariadel “Ri itucional, señora María Angélica Barriga Meza. notificacione 5 (MOO) De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: tribunalconstitucional.c! <seguimiento Otcchile.cl> miércoles, 28 de agosto de 2019 12:02 rguevaraOduranguevara.cl; mduranvargasgmail.com; OESPINOZA910GMAIL.COM; RGUEVARAODURANGUEVARA.CL Notificacion Rol 5727-18 14443_1.pdt Sr.Ricardo Guevara Alvez y Manuel Esteban Durán Vargas por el requirente S. Oscar Espinoza Sandoval por el Sindicato de Empresa Colegio Alborada Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N* 5727-18-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz respecto del artículo 470, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, en los autos caratulados "Sindicato de Trabajadores de la Sociedad de Servicios Educacionales Alborada Ltda. con Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz", sobre juicio ejecutivo laboral, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, bajo el RIT J-140- 2018, RUC 18-3-0279617-K, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recurso de apelación, bajo el Rol N* 646- 2018 (Laboral- Cobranza). Atentamente, Secretaria Abogada secretaria()techile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234. Santiago - Chile ca fin AMA GU: notificaciones (MOO) gee cies DARAN OCA Ad pm A A e De: notificaciones (MOO) <notificacionesOtcchile.cl> Enviado el: miércoles, 28 de agosto de 2019 12:11 Para: 'ca_concepcionOpjud.cl'; "checerra pjud.cl”; '¡parraQ pjud.cl' cc: “Enzo Seguel'; 'Oscar Fuentes'; 'Marco Ortuzar Orellana' Asunto: Téngase por desistido, alzamiento de la suspensión. Datos adjuntos: tengase por desistido.pdf Señora AYLIN CAROL SCHROEDER CHIGUAY Secretaria Corte de Apelaciones de Concepción Junto con saludarlo, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura, en el proceso Rol N* 5727-18-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz respecto del artículo 470, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Sindicato de Trabajadores de la Sociedad de Servicios Educacionales Alborada Ltda. con Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz”, sobre juicio ejecutivo laboral, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, bajo el RIT J-140-2018, RUC 18-3-0279617-K, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recurso de apelación, bajo el Rol N* 646- 2018 (Laboral- Cobranza). Para su conocimiento y fines pertinentes. Se ruega acusar recibo. Atentamente. Marco Ortúzar Orellana Oficial Segundo y Tribunal Constitucional 4 Fono: (56-2) 272 19 222 “Huérfanos 1234 Santiago — Chale nas 7 ¡OS Eo notificaciones (MOO) Herciar doz dicas E De: notificaciones (MOO) <notificacionesOtcchile.cl> Enviado el: miércoles, 28 de agosto de 2019 12:22 Para: "Juzgado Cobranza Concepcion' cc: "Patricio Valenzuela Yañez' Asunto: Téngase por desistido Datos adjuntos: tengase por desistido.pdf DON PATRICIO EDUARDO VALENZUELA YÁÑEZ Jefe Administrativo Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción Junto con saludarlo, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura, en el proceso Rol N* 5727-18-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz respecto del artículo 470, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Sindicato de Trabajadores de la Sociedad de Servicios Educacionales Alborada Ltda. con Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz”, sobre juicio ejecutivo laboral, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, bajo el RIT J-140-2018, RUC 18-3-0279617-K, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recurso de apelación, bajo el Rol N* 646- 2018 (Laboral- Cobranza). Para su conocimiento y fines pertinentes. Se ruega acusar recibo. Atentamente, Marco Ortúzar Orellana A Oficial Segundo e ” Tribunal Constitucional o *£ / Fono: (56-2) 272 19 222 St Huérfanos 1234 Santiago — Chile m.0.0. EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: Santiago 28 de agosto de 2019. OFICIO N* 3517-2019 Remite resolución Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura, en el proceso Rol N* 5727-18-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz respecto del artículo 470, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo. Dios guarde a V.E. A . 2 ES a . Aa O MARIA LUISA BRAHM BARRIL g Presidenta Ca = Su 5 . o NN o Secretaria Sa >. o 5 a S A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Cc ¡O a +, MARIA ANGELICA BARRIGA MEZA a, DS 5 AS DON SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE PALACIO DE LA MONEDA PRESENTE. Santiago, 28 de agosto de 2019 OFICIO N* 3518-2019 Remite resolución. EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DEL H. SENADO: Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura, en el proceso Rol N* 5727-18-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz respecto del artículo 470, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo. Dios guarde a V.E. An: er Úl MARIA LUISA B M BARRIL Presidefita = AA ICA Secretaria AS.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO DON JAIME QUINTANA LEAL SENADO DE LA REPUBLICA VALPARAISO notificaciones (mo) Ps A A A De: notificaciones (MOO) <notificacionesOtcchile.cl> Enviado el: miércoles, 28 de agosto de 2019 16:55 Para: 'secretariafdsenado.cl' CC: 'notificaciones.tcGgmail.com'; 'msanchezOtcchile.cl'; “Gilda Vera" (gveraGtcchile.cl)'; 'nmoran6tcchile.cl* Asunto: : téngase por desistido, Datos adjuntos: oficio N* 3518-2019.paf; tengase por desistido.pdf Señor Mario Labbé Araneda Secretario Senado Junto con saludarlo, remito Oficio N” 3518-2019 y resolución dictada por éste Tribunal en el proceso Rol N* 5727-18-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz respecto del artículo 470, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, en los autos caratulados "Sindicato de Trabajadores de la Sociedad de Servicios Educacionales Alborada Ltda. con Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz", sobre juicio ejecutivo laboral, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, bajo el RIT J-140-2018, RUC 18-3-0279617-K, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recurso de apelación, bajo el Rol N* 646- 2018 (Laboral- Cobranza Saluda atentamente Marco Ortúzar Orellana 30 Oficial Segundo 4 %, Tribunal Constitucional <, ¿ Fono: (56-2) 272 19 222 Sui" Huérfanos 1234 Santiago — Chile 0200921 ¡AA notificaciones (MOO) rcierdes Y Eb a do IA A A A A A es A A NN. De: notificaciones (MOO) <notificacionestVtcchile.cl> Enviado el: miércoles, 28 de agosto de 2019 12:21 Para: “tc_camaraQcongreso.cl'; 'mlanderosOcongreso.cl', 'ismokOcongreso.cl'; 'mramosOcongreso.cl' cc: 'ofuentesOtcchile.cl”; 'misanmartinOtcchile.cl'; 'notificacionestcQgmail.com": 'Marco Ortuzar Orellana" Asunto: Téngase por desistido Datos adjuntos: tengase por desistido.pdf Miguel Landeros Perkic Secretario Cámara de Diputados Junto con saludarlo, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura, en el proceso Rol N* 5727-18-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz respecto del artículo 470, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Sindicato de Trabajadores de la Sociedad de Servicios Educacionales Alborada Ltda. con Corporación Educacional Alborada de San Pedro de la Paz”, sobre juicio ejecutivo laboral, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, bajo el RIT J-140-2018, RUC 18-3-0279617-K, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recurso de apelación, bajo el Rol N* 646- 2018 (Laboral- Cobranza). Atentamente., Marco Ortúzar Orellana mu Oficial Segundo “a Tribunal Constitucional -: + Fono: (56-2) 272 19 222 ” Huérfanos 1234 Santiago — Chile