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TC Rol 5830

Tribunal Constitucional·Rol 5830

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Sumario

1 4.. 0177 ! °) Santiago, ocho de enero de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 27.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas i. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 5830-18-INA. SR. LETELIER Pr•nunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, la Ministra señora María Luisa Brahm Barril y, los Ministros señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel Fernández González. Autoriza la Secretaria (s) del Tribunal Constitucional, señora Mónica Sánchez Abarca. Notificaci...

Considerandos

  1. Considerando 2

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Normas y sentencias citadas

  • citalaw #29291.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 1800475986-5, RIT N° 5095-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de
  • citaexternal #evisto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 27.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a trami
  • aplicaexternal # apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 27.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a trami
  • citaexternal #los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 5830-18-INA. SR. LETELIER Pr•nunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integ
  • citalaw #29636respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 1800475986-5