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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 5937

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Sumario

Santiago, diecisiete de julio de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 11 de enero de 2019, la Asociación del Personal Docente y Administrativo de la Universidad de Concepción ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en los autos caratulados “Asociación del Personal Docente y Administrativo de la Universidad de Concepción con Fisco de Chile”, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, por recursos de casación en la forma y apelación, bajo el Rol N* 79-2019. Precepto legal cuya aplicación se impugna El texto del precepto impugnado dispone: “Código de Procedimiento Civil Artículo 768. (.-.) “En los negocios a que se refiere el inciso segundo del artículo 766 sólo podrá fundarse el recurso de casación en la forma en alguna de las causales indicadas en los números 1% 2% 3% 4% 6%...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #de los recursos de casación y nulidad. En fin, el artículo 76 de la Constitución alude explicitamente al “contenido” de las resoluciones judiciales y ia hace para salvaguardar ei p
  • fundaexternal #echo a la igualdad ante la ley asegurado: 135 del artículo 19 constitucional. En idéntico sentido, y por los mismios + tos, se descartará una infracción a la igualdad en el e
  • aplicaexternal #onstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en los autos caratulados “Asociación del Personal Docente y Administrativo de la Universidad de Co
  • aplicaexternal # proceso jurisdiccional, como los previstos en el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil, estructurado de modo conforme con las garantías constitucionales aseguradas a todo aquel que recur
  • aplicaexternal #rso determinado y se reconoce a nivel legal en el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil, que -reiteramos- no ha sido impugnado en estos avutos. Por otra parte, es necesario distinguir el
  • aplicaexternal # por las causales que expresamente señala la ley (artículo 764 del Código de Procedimiento Civil) y ya se trate. de infracciones formales (artículo 768 del mismo Código) o de vicios de fondo cuand
  • aplicaexternal #o la excepción contenida en el:inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil; en lo que dice relación con la limitación al recurso de casación en la forma en los juicios regido
  • citaexternal # afecten el fundamento mismo de su ejercicio (STC Rol 2798, €. 329), como ocurre, por ejemplo, cuando hay ausencia de motivación de la sentencia o durante el