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TC Rol 5943

Tribunal Constitucional·Rol 5943

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000104 CABO EJAGIO 7 Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3*. Que, no fueron formuladas observaciones. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 98. Téngase a la parte requirente ya anotada por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 5943-19-1NA. Tm te Sra. Brahm Sr. Hernández Sr. Letelier r. Vásquez S...

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