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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 5957

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Sumario

Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 15 de enero de 2019, Alejandro Burucker Pérez, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto - del inciso segundo del artículo 1* de la Ley N? 18.216, en el proceso penal RUC N* 1510010780- 2, RIT N* 179-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de San Miguel, por recurso de nulidad, bajo el Roi N? 3601-2018 (Penal). Preceptos legales cuya aplicación se impugna El texto de los preceptos legales impugnados dispone, en su parte ennegrecida: “Ley N* 18.216 Artículo 1”%.- La ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas: a) Remisión condicional. b) Reclusión parcial. C) Libertad vigilada. d) Libertad vigilada intensiva. e) Expulsión, en el caso señalado en el artículo 34. J) Prestación de...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal # incluidos en aquellas formas sustitutivas que la Ley N918.216 establece, cobijándose bajo el alero de una falta de razonabilidad en el caso concreto. Tal argumen
  • aplicaexternal #enado por delito de homicidio, fue introducida al artículo 19 de la Ley 18.216 en 2014, por la Ley N* 20.779, que aumentó la pena de este delito, pero ya desde el año 1999 se mar
  • fundaexternal # Que la objeción del actor de autos al invocar el artículo 19 constitucional dice relación con que la igualdad importa el reconocimiento de la dignidad y derecho a todos los
  • fundaexternal #ciéndole con dichas minorantes y que al tenor del artículo 76 de la Constitución dicho proceso de vinculación entre el presupuesto fáctico y la fjgura delictiva del homicidio, la s
  • aplicaexternal #a, invocada en carácter de subsidiaria, es la del artículo 373 del Código Procesal Penal, letra b), “Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación
  • aplicaexternal #dad deducido, deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 385 del Código Procesal Penal, dictando sentencia de reemplazo. En este supuesto podría el tribunal que conoce de la gestión pend
  • aplicaexternal # delictiva aparece descrita en el inciso 1”%, del artículo 436 del Código Penal, en el evento que el condenado tuviere con antelación otros delitos contra la propiedad que infring
  • aplicaexternal #N* 18.216, respecto de todos quienes infrinjan el artículo 391 del Código Penal. Esto es tratar igual a los desiguales, resultado de lo cual el precepto contraviene desmesuradame
  • aplicaarticle #1876oración en virtud de la sana critica que prevé el artículo 297 del Código Procesal Penal; las razones legales o doctrinarias que sirven de fundamento para calificar jurídicamente los hecho
  • citalaw #29636e homicidio, fue introducida al artículo 19 de la Ley 18.216 en 2014, por la Ley N* 20.779, que aumentó la pena de este delito, pero ya desde el año 1999 se mar