TC Rol 6048
Tribunal Constitucional·Rol 6048
Sumario
0006051 Ei uimte. ) amo Santiago, veintiuno de marzo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N* 6048-19-INA. NSR. ARÓSTICA : X A ERO A 13 UN >, pia Se ÁSQUE SRA. SILVA Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán y José Ignacio Vásquez Márquez, y la Ministra señora María Pía Silva Gallinato. Se certifica que el Ministro señor Domingo...
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0006051 Ei uimte. ) amo Santiago, veintiuno de marzo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N* 6048-19-INA. NSR. ARÓSTICA : X A ERO A 13 UN >, pia Se ÁSQUE SRA. SILVA Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán y José Ignacio Vásquez Márquez, y la Ministra señora María Pía Silva Gallinato. Se certifica que el Ministro señor Domingo Hernández Emparanza concurre al acuerdo precedente, pero no firma por encontrarse en comisión de servicios. Autoriza la Secretaria (s) del Tribunal Constitucional, señora Mónica Sánchez Abarca. ¿ —=— VODLEZ Notificaciones TC (NCC) Lua unto J dos De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoEtcchile.cl> Enviado el: lunes, 25 de marzo de 2019 17:49 Para: pzamorafloresYhotmail.com Asunto: Notificacion Rol 6048-19 Datos adjuntos: 10914_1.paf Señor Patricio Zamora Flores, por el requirente: Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Ro! N” 6043-19, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por José Bernardo San Martín Cañuquir respecto del inciso segundo del artículo 1” de la Ley N2 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N? 17.798, en el proceso penal RUC N* 1700121880-8, RIT N* 1536-2017, seguido ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Atentamente, Secretaria Abogada (S) secretaria(Vtcchile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile