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Cochid lexCorpus jurídico chileno
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TC Rol 6312

Tribunal Constitucional·Rol 6312

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0000119 CIENTO DIEZ Y NUEVE Santiago, trece de abril de dos mil veinte. A fojas 118, téngase por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, se formuló presentación a fojas 118, a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 111. Téngase a la requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 6312-19-INA. SRA. BRAHM Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, inte...

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