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TC Rol 6380

Tribunal Constitucional·Rol 6380

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Sumario

000038 Y sisi cho Santiago, tres de mayo de dos mil diecinueve. Proveyendo a fojas 29 y 35, a todo, a sus antecedentes. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17, Que por resolución de 12 de abril de 2019, esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado, conforme a lo dispuesto en el articulo 82 de la Ley No 17-997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. 2%. Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado, toda vez que acompañó fuera del plazo legal por el que fue apercibido, el certificado exigido por el artículo 79 de la Ley Orgánica Constitucional de este Tribunal Constitucional. 3". Que lo anterior redunda en el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Orgánica Constitucional de este Tribunal Constitucional, por lo que la presente acción no podrá ser admitida a trámite, y ...

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