TC Rol 6751
Tribunal Constitucional·Rol 6751
Sumario
000021 Warm Santiago, veintiséis de junio de dos mil diecinueve. A fojas 19, téngase por acompañado el documento. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1”. Que por resolución de 11 de junio de 2019, esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley No 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. 2”. Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado, 3”. Que, por lo anterior, la presente acción no podrá ser admitida a trámite, y se aplicará el apercibimiento dispuesto por el artículo 82 de la misma ley. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N2 6?, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley No 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: téngase ...
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000021 Warm Santiago, veintiséis de junio de dos mil diecinueve. A fojas 19, téngase por acompañado el documento. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1”. Que por resolución de 11 de junio de 2019, esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley No 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. 2”. Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado, 3”. Que, por lo anterior, la presente acción no podrá ser admitida a trámite, y se aplicará el apercibimiento dispuesto por el artículo 82 de la misma ley. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N2 6?, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley No 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: téngase por no presentado el requerimiento deducido a fojas 2, para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N9 6751-19-INA. Se SA Aróstica. Presidente Sr. Hernández Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, por sus Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, José Ignacio Vásquez Márquez y señora Maria Pía Silva Gallinato, y por el Suplente de Ministro señor Rodrigo Delaveau Swett. E O Autoriza la Secre: aria. del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. +. > Ñ 000022 UVA ES Notificaciones TC (GVZ) Rania, De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoEtcchile.cl> Enviado el: jueves, 27 de junio de 2019 11:06 Para: Idcrfdvtr.net Asunto: Notificacion Rol 6751-19 Datos adjuntos: 12998_1.pdf Señor abogado Luis Carmona Riady, por el requirente: Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N* 6751-19, sobre Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Raúl Ives Rojas Briones, respecto del inciso segundo del artículo 1? de la Ley N” 18.216, en el proceso penal RUC N* 1700530791-0, RIT N* 4262-2017, seguido ante el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria(gtechile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile