TC Rol 6822
Tribunal Constitucional·Rol 6822
Sumario
000016 Dual, - Santiago, diez de julio de dos mil diecinueve. A fojas 14, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en razón de que la certificación acompañada a fojas 15 no emana del Tribunal que actualmente conoce de la gestión pendiente, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N* 6822-19-INA. SR. ARÓSTICA SRA. SILVA Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Gu...
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000016 Dual, - Santiago, diez de julio de dos mil diecinueve. A fojas 14, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en razón de que la certificación acompañada a fojas 15 no emana del Tribunal que actualmente conoce de la gestión pendiente, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N* 6822-19-INA. SR. ARÓSTICA SRA. SILVA Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán y José Ignacio Vásquez Márquez, y la Ministra señora María Pía Silva Gallinato. Constitucional, señora María Angélica Autoriza Barriga Meza. notificaciones (MOO) 000017 bicis iatB,- De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> viernes, 12 de julio de 2019 15:59 lojedaQGindap.cl; amoralesmO indap.cl; acarrilloaQindap.cl Notificacion Rol 6822-19 13238_1.pdf Sr. Leonardo Ojeda Pino. Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N* 6822-19-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) respecto de los artículos 1?, inciso tercero, y 485, del Código del Trabajo, en los autos caratulados "Pinilla con Instituto de Desarrollo Agropecuario”, RIT T-2-2019, sobre denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, seguidos ante el Juzgado de Letras y Familia de San José de la Mariquina. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria(techile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234. Santiago - Chile