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TC Rol 6873

Tribunal Constitucional·Rol 6873

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000142 CAÑO Una 2 A Santiago, nueve de julio de dos mil diecinueve. A fojas 140, estese a lo que se resolverá, VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a to ordenado por esta Sala, en razón de que no se ha conferido patrocinio y poder ante esta Magistratura en los términos requeridos por la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de este Tribunal, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N* 6873-19-INA. SR SRA. BRAHM bl 5 Be LETELIER mr AT 7 Ml 77 E ys ¿5R/ FERNÁNDEZ » á ? ES Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Mi...

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