TC Rol 6906
Tribunal Constitucional·Rol 6906
Sumario
ULOL72 selenbo y dos Santiago, dieciocho de julio de dos mil diecinueve. A fojas 70, a sus antecedentes. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que por resolución de 4 de julio de 2019, esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. 2%, Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado, al no acompañar un certificado de la Corte de Apelaciones respectiva que dé cuenta del recurso de hecho, por lo que se aplicará el apercibimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 6%, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley N9 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: téngase por no presentado el requerimiento deducido a fojas 1, para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N9 6906-19-INA. Qu...
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ULOL72 selenbo y dos Santiago, dieciocho de julio de dos mil diecinueve. A fojas 70, a sus antecedentes. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que por resolución de 4 de julio de 2019, esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. 2%, Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado, al no acompañar un certificado de la Corte de Apelaciones respectiva que dé cuenta del recurso de hecho, por lo que se aplicará el apercibimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 6%, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley N9 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: téngase por no presentado el requerimiento deducido a fojas 1, para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N9 6906-19-INA. Qu a Sra. Brahm HERE TTA dle 17 . . Fernández Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, y por sus Ministros señora María Luisa Brahm Barril y señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel eS (e cocaá! zález. ALOE ¿Na secs ae el Tri A Tibunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Mea 000073 Notificaciones TC (NCC) sibinte a ra De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: tribunalconstitucional.cl <seguimientoO tcchile.cl> lunes, 22 de julio de 2019 16:09 sroOcortesyrodriguez.cl Notificacion Rol 6906-19 13478_1.pdf Señor Sergio Rodríguez Oro, por el requirente: Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N* 6906-19, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Julio Sotomayor Salgado respecto de la palabra "sólo" y la frase "cuando lo interpusiere el ministerio público por la exclusión de pruebas decretada por el juez de garantía de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente", contenidas en el artículo 277, inciso segundo, del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N”? 1410024943-0, RIT N* 4556-2014, seguido ante el Juzgado de Garantía de Curicó. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria(Mtechile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234. Santiago - Chile