INA-Inadmisibilidad
Tribunal Constitucional·Rol 7084
Sumario
000035 1 faz NS 7 EAS Santiago, ocho de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 24 de julio de 2019, Claudio Andrés Cordova Contreras deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1% de la Ley NO 18.216, y del articulo 17 B), inciso segundo, de la Ley N* 17.798, en el proceso penal RUC N* 1800834630-1, RIT N* 40- 2019, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca; 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 3*. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma ...
Considerandos
Considerando 2
#, de la Ley N* 17.798, en el proceso penal RUC N* 1800834630-1, RIT N* 40- 2019, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca; 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 3*. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, sentencias roles N%s 1924, 1890, 1878, 1860, 1789, 1834, 1828, 1788, 1771 Y 1749); 4”. Que el artículo 84, N* 3, de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional —en relación con el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución Política- dispone que “procederá declarar la inadmisibilidad [del requerimiento] en los siguientes casos: 3. Cuando no exista gestión judicial pendiente en tramitación, o se haya puesto término a ella por sentencia ejecutoriada”. 5%. Que conforme a lo ordenado por la Sala, consta agregada a fojas 34 certificación que da cuenta de que respecto de la gestión judicial individualizada en el considerando primero, el tribunal oral dictó sentencia condenatoria con fecha 20 de mayo de 2019. Contra dicho fallo, se dedujeron recursos de nulidad y de apelación en subsidio, los cuales ya fueron conocidos y fallados por la Corte de Apelaciones de Talca, con fecha 27 de junio y 25 de julio de 2019. En consecuencia, no existe actualmente una gestión judicial pendiente en que incida el requerimiento de inaplicabilidad deducido, por lo que se declarará la inadmisibilidad del requerimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, NS 69, e inciso decimoprimero, de la Constitución Política de la República y en el artículo 84, N? 3, y demás pertinentes de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Que se declara derechamente inadmisible el requerimiento deducido a fojas 1. A los otrosíes, estése a lo resuelto. Notifíquese, comuníquese y archivese. Rol N* 7084-19-INA. A Am; Le Sr. — Y Y Ú Pronunci integrada por,£u Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, y por sus Ministros señora María Luisa Brahm Barril y señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel rea ade Too Autoriza Ta Se del una Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Sl OO 000036 Notificaciones TC (GVZ) [E SBS A O MA A e De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> Enviado el: lunes, 12 de agosto de 2019 10:21 Para: helhue.sukni(Mgmail.com Asunto: Notificacion Rol 7084-19 Datos adjuntos: 13972_1.paf Señora abogada Helhue Sukni Giadalah, por el requirente: Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N* 7084-19-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Claudio Andrés Cordova Contreras respecto del inciso segundo del artículo 1% de la Ley N* 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N* 17.798, en el proceso penal RUC N* 1800834630-1, RIT N* 40-2019, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca. Atentamente, Secretaría Abogada secretaria(Otcchile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile
Normas y sentencias citadas
- citaexternal #—— ra: helhue.sukni(Mgmail.com Asunto: Notificacion Rol 7084-19 Datos adjuntos: 13972_1.paf Señora abogada Helhue Sukni Giadalah, por el requirente: Adjunto rem