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TC Rol 7103

Tribunal Constitucional·Rol 7103

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Sumario

TS La 3 Santiago, cinco de agosto de dos mil diecinueve, A fojas 33, no ha lugar. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, a fojas 1, con fecha 25 de julio de 2019, Jaime Enrique Lepe Orellana deduce requerimiento de inconstitucionalidad respecto del "Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, del 3 de octubre de 1991, publicado en el D.O. del 5 de octubre de 1991”, en el marco del proceso penal sustanciado en su contra por el Ministro de Fuero de la Excma. Corte Suprema, señor Lamberto Cisternas Rocha, bajo el Rol N* 1-1993. SEGUNDO. Que, el artículo 93, inciso primero, N* 2%, de la Constitución Política confiere a este Tribunal Constitucional la atribución de "resolver sobre las cuestiones de constitucionalidad de los autos acordados dictados por la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones y el Tribunal Calificador de Elecciones”. Por su parte, la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional (LOCTC), regula las "cuestiones de constitucionalidad sobre autos acordado...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #vulnerados los incisos 5? y 6% del numeral 3? del artículo 19 constitucional, en cuanto a su derecho al juez natural y su derecho a defensa, siempre conectando la infracción
  • fundaexternal # Suprema para dictar autos acordados, conforme al artículo 82 de la Constitución. Como ha señalado este Tribunal Constitucional en su jurisprudencia "los autos acordados bien pued
  • citaexternal #: jmonteromujicaQ2gmail.com Asunto: Notificacion Rol 7103-19 Datos adjuntos: 13882_1.paf Señor Jorge Montero Mujica, por el requirente: Adjunto remito a uste