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Cochid lexCorpus jurídico chileno
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TC Rol 7192

Tribunal Constitucional·Rol 7192

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00908: Oteo Yo ¿o vOO 7 Santiago, cinco de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que el Ministerio Público evacuó traslado a fojas 84, allanándose al desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 19, Ha lugar a la solicitud de fojas 77. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 7192-19-INA. Ab Bu, SRA. BRAHM SR. ...

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