INA-Inadmisibilidad
Tribunal Constitucional·Rol 7454
Sumario
000056 cola 3 Su Santiago, once de diciembre de dos mil diecinueve. A fojas 35, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 47, a lo principal: téngase como parte; al primer otrosí: téngase por evacuado traslado; al segundo otrosí: téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, con fecha 24 de septiembre de 2019, Roberto Páez Fuchslocher ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 213, incisos primero y segundo, del DFL 4/ 20.018, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DFL. 1, de Minería, de 1982, y artículo 341 del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N* 1800354306-0, RIT N* 2209-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de Osorno; 2”. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, siendo acogido a trámite con fecha 4 de octubre de...
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000056 cola 3 Su Santiago, once de diciembre de dos mil diecinueve. A fojas 35, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 47, a lo principal: téngase como parte; al primer otrosí: téngase por evacuado traslado; al segundo otrosí: téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, con fecha 24 de septiembre de 2019, Roberto Páez Fuchslocher ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 213, incisos primero y segundo, del DFL 4/ 20.018, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DFL. 1, de Minería, de 1982, y artículo 341 del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N* 1800354306-0, RIT N* 2209-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de Osorno; 2”. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, siendo acogido a trámite con fecha 4 de octubre de 2019, según consta a fojas 29; 3?. Que el artículo 93, inciso primero, NO 69, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementan con la preceptiva que se contiene en la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece en su inciso primero, numeral sexto, que un requerimiento es inadmisible en la hipótesis de que éste carezca de fundamento plausible; 4”. Que, según consta en autos, la requirente acciona en el contexto de un proceso penal seguido en su contra, sustanciado de conformidad a las reglas del procedimiento simplificado, en el cual originalmente se le ha imputado la comisión del delito de daños por parte del Ministerio Público; 5%. Que, el conflicto de constitucionalidad planteado por la requirente dice relación con afectaciones al derecho a defensa (foja 6). Al respecto, arguye que en previa audiencia de juicio oral simplificado se advirtió por la querellante la posible recalificación del delito atribuido al de interrupción maliciosa de servicio eléctrico, previsto en la normativa antes aludida; 6”. Que, resulta manifiesto a esta Magistratura que el conflicto presentado en el libelo de fojas 1 por el requirente no logra estructurar argumentativamente un conflicto de constitucionalidad propiamente tal, en los términos mandatados por la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, según se señalará; 7%. Que, cabe tener presente a estos efectos que el precepto penal impugnado tiene sustento normativo en la Ley N* 20.273, como ha señalado el Ministerio Público al evacuar traslado a fojas 47, y no sin más en un Decreto con Fuerza de Ley, según se ha sostenido en el libelo, por lo que malamente a este respecto puede considerarse fundado el ilícito si se estructura en torno a afirmaciones incorrectas o si se omiten mayores fundamentos para comprensión de la problemática denunciada. 8%. Que, asimismo resulta pertinente considerar que la argumentación relativa a existencia de un tipo penal calificado por el resultado tampoco cumple con los estándares argumentativos exigidos por la normativa cuya orgánica constitucional rige a esta magistratura. En la especie el requirente tiene calidad de imputado, a la espera de realización de juicio oral, en el contexto de un procedimiento en el cual se le ha requerido por un título de imputación distinto. Así, no existe condena en su contra, ni tampoco aplicación de la norma en cuestión que posibilite minimamente entender en la especie un castigo por un “delito calificado por el resultado”, siendo ello una mera suposición, respecto a una posibilidad interpretativa frente a la cual cuenta con mecanismos legales de impugnación en la sistemática procesal del Código Procesal respectivo. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en los artículos 6%, 7% y 93, inciso primero, N* 6%, e inciso undécimo, de la Constitución Política y en los artículos 84, N* 6 y demás pertinentes de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE RESUELVE: 17. Que se declara inadmisible el requerimiento deducido en lo principal de fojas 1. 2%. Álcese la suspensión decretada en autos. Notifíquese, comuniquese y archívese. Rol N*7454-19-INA. ea Sra. Brahm ! A 000057 . Z > UA ULA y lo Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril y los Ministros señores Gonzalo GarcialPino; Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel EernándeZGonzález. Autoriza da Secretarig de ribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Ss o SS trd - 000058 Notificaciones TC (NCC) z ML A eb De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> Enviado el: viernes, 13 de diciembre de 2019 16:05 Para: claudio65GOweb.de; yyevenesOminpublico.cl Asunto: Comunica resolución Rol 7454-19 Datos adjuntos: 21498_1.pdf Señor Claudio Prambs Julián , por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N* 7454-19, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Roberto Páez Fuchslocher, respecto de "los artículos 213, incisos primero y segundo, del DFL 4/20.018, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DFL. 1, de Minería, de 1982, publicado en el Diario Oficial N.* 38.681, de 5 de febrero de 2007 y artículo 341 del Código Procesal Penal", en el proceso penal RUC N? 1800354306-0, RIT N* 2209-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de Osorno. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria(techile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile “ 000059 Notificaciones TC (NCC) O es OA IDA : socnral : ras o . Aa MÁ, viaria De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> O ÓN Enviado el: viernes, 13 de diciembre de 2019 16:07 Para: notifica_fn6minpublico.cl; yyevenesOminpublico.cl; peamposGminpublico.cl; hferreraOminpublico.cl; notificacionesOtcchile.cl; notificaciones.tcQgmail.com; palarconO minpublico.cl Asunto: Comunica resolución Rol 7454-19 Datos adjuntos: 21499_1.pdf Señor Jorge Abbott Charme Fiscal Nacional del Ministerio Público En el marco del Convenio de comunicación Ministerio Público - Tribunal Constitucional, vengo comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N* 7454-19 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Roberto Páez Fuchslocher, respecto de "los artículos 213, incisos primero y segundo, del DFL 4/20.018, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DFL. 1, de Minería, de 1982, publicado en el Diario Oficial N.? 38.681, de 5 de febrero de 2007 y artículo 341 del Código Procesal Penal”, en el proceso penal RUC N* 1800354306-0, RIT N* 2209-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de Osorno. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria(tcchile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile 000160 CHILE SALpliL nec. Santiago, 13 de diciembre de 2019. Señor Sebastián Darío Gómez Carmorino Calle Barros Arana N* 832, Dpto. N? 811 Osorno Remito a Uds., copia de la resolución dictada por esta Magistratura, con fecha 11 de diciembre del año en curso, en el Rol N* 7454-19 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Roberto Páez Fuchslocher, respecto de "los artículos 213, incisos primero y segundo, del DEL 4/ 20.018, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DEL. 1, de Minería, de 1982; para los fines pertinentes. Saluda atentamente a Ud., 4 Sa AE Y £ "María Angélica Barrig£ Meza. Pl Carta entregada a Correos de Chile el día 16 de diciembre de 2019 - 00066 1 a ssevba 3 AE n.C.C. Santiago, 13 de diciembre de 2019. Sefiores y señora Roberto Vergara Scholz Francisco Fernández González Consuelo Alejandra Gatica Martínez Manuel Antonio Matta N* 549, Oficina N* 502 Osorno Remito a Uds., copia de la resolución dictada por esta Magistratura, con fecha 11 de diciembre del año en curso, en el Rel N? 7454-19 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Roberto Páez Fuchslocher, respecto de "los artículos 213, incisos primero y segundo, del DFL 4/ 20.018, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DEL. 1, de Minería, de 1982; para los fines pertinentes. Saluda atentamente a Uds., María Angélica Barriga Meza Secretaría Po Carta entregada a Correos de Chile el día 16 de diciembre de 2019 Notificaciones TC (NCC) De: Notificaciones TC (NCC) <notificacionesOtcchile.cl> Enviado el: lunes, 16 de diciembre de 2019 17:08 Para: 'kschlieO pjud cl”, '¡gosorno A pjud.cl; 'notificacionesOtcchile.cl' CC: "ncortesOtcchile.cl'; 'notificaciones.tcOgmail.com'; Marco Ortúzar; 'ofuentesOtcchile.cl': 'msanchezOtcchile.cl' Asunto: Comunica inadmisibilidad y alza de suspensión. Datos adjuntos: Inadmisible..pdf Señora Karin Elisabeth Schlie Vargas Jefe de Unidad de Causas Juzgado de Garantía Osorno Junto con saludarle, vengo comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N? 7454-19-INA, sobre requerimiento de imaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Roberto Páez Fuchslocher, respecto de "los artículos 213, incisos primero y segundo, del DFL 4/ 20.018, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DFL. 1, de Minería, de 1982, publicado en el Diario Oficial N.2 38.681, de 5 de febrero de 2007 y artículo 341 del Código Procesal Penal", en el proceso penal RUC N* 1800354306-0, RIT N* 2209-2018, seguido ante ese Juzgado de Garantía de Osorno. Para su conocimiento y fines pertinentes. Atentamente., Nolwia Cortés Oficial Segundo % Tribunal Constitucional Fono: (56-2) 272 19 221 Paseo Huérfanos N” 1234, Santiago Centro. Santiago — Chile.