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TC Rol 7457

Tribunal Constitucional·Rol 7457

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Sumario

OLO0ER Santiago, dieciséis de octubre de dos mil diecinueve A fojas 63, estese a lo que se resolverá, VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento dentro de plazo a lo ordenado por esta Sala, acompañando un certificado de la gestión judicial pendiente invocada con todas las menciones legales respectivas, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Acordado con el voto en contra del Ministro señor José Ignacio Vásquez Márquez y el Suplente de Ministro, señor Rodrigo Delaveau Swett, quienes estuvieron por resolver que se certificara el estado procesal específico de la gestión judicial pendiente invocada, Notifíquese y archívese. ...

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