INA-Inadmisibilidad
Tribunal Constitucional·Rol 7570
Sumario
- 000101 unto ue Santiago, once de diciembre de dos mil diecinueve. A fojas 100, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 7 de octubre de 2019, Javier Adolfo Mansilla Nahuelcheo y Alejandro Esteban Díaz Nahuelcheo han presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 324, inciso tercero, del Código Civil, en los autos caratulados "Nahuelcheo con Mansilla”, que conoce la Corte Suprema por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N* 24.088-2019; 2”. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, siendo acogido a trámite con fecha 17 de octubre de 2019, según consta a fojas 96; 3”. Que el artículo 93, inciso primero, NO 69, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementan con la preceptiva que se contiene en la Ley N“ 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constit...
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- 000101 unto ue Santiago, once de diciembre de dos mil diecinueve. A fojas 100, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 7 de octubre de 2019, Javier Adolfo Mansilla Nahuelcheo y Alejandro Esteban Díaz Nahuelcheo han presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 324, inciso tercero, del Código Civil, en los autos caratulados "Nahuelcheo con Mansilla”, que conoce la Corte Suprema por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N* 24.088-2019; 2”. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, siendo acogido a trámite con fecha 17 de octubre de 2019, según consta a fojas 96; 3”. Que el artículo 93, inciso primero, NO 69, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementan con la preceptiva que se contiene en la Ley N“ 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece en su inciso primero, numeral sexto, que un requerimiento es inadmisible en la hipótesis de que éste carezca de fundamento plausible; 4”. Que, el conflicto de constitucionalidad planteado por la requirente dice relación con infracciones a los artículos 1 y 19 N* 2 de la Constitución Política de la República, artículos 1.1 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y; los artículos 2.1 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el contexto de un procedimiento sustanciado ante la Corte Suprema, sobre demanda de alimentos mayores. Al respecto, arguye que han sido demandados por su madre, quien, tras haberlos abandonado cuando menores se encuentra inhabilitada para exigir tales pretensiones, no resultando razonable que, de conformidad al precepto que impugna, se exija que en la especie la filiación haya debido ser fijada mediante sentencia judicial con oposición (foja 9); 5%. Que, resulta manifiesto a esta Magistratura que el conflicto presentado en el libelo de fojas 1 no logra estructurar argumentativamente un conflicto de constitucionalidad propiamente tal, en los términos mandatados por la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, según se señalará; 6%. Que, de la lectura del libelo incoado se tiene que los capítulos de inconstitucionalidad planteados no explican el conflicto de constitucionalidad pretendido. La requirente, en tal sentido, no explica en forma clara, concreta y específica la problemática pretendida, limitándose a afirmar a fojas g la existencia de “una diferencia de trato evidente entre personas que se encuentran en una misma situación”, sin precisiones que distingan su alegación de una aseveración abstracta, impidiendo a esta Sala una comprensión cabal de la infracción constitucional que pretende; 77. Que, consecuencialmente, la solicitud de declaración de inaplicabilidad de fojas 1 no satisface el mínimo estándar de plausibilidad exigible para dar inicio a un contradictorio constitucional, conforme lo dispone la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6* del artículo 84 de la Ley N*17.997. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en los artículos 6%, 7% y 93, inciso primero, N? 6*, e inciso undécimo, de la Constitución Política y en los artículos 84, N* 6 y demás pertinentes de la Ley N% 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%, Que se declara inadmisible el requerimiento deducido en lo principal de fojas 1. 20. Álcese la suspensión decretada en autos. Notifíquese, comuníquese y archívese. Rol N* 7570-19-INA. Amo e pl Sra. UN pe A Letelier A Sr. Po; K Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril y los Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel Fernández González Autoriza la Secretaria vel Tribunal.Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. o o o o O SS trd SS . os . - 000102 Notificaciones TC (NCC) cuarto des De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> Envíado el: viernes, 13 de diciembre de 2019 13:47 Para: renatallorens+gmail.com Asunto: Comunica resolución Rol 7570-19 Datos adjuntos: 21481_1.pdf Sra. Renata Llorens Carrasco por la requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N? 7570-19, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Javier Adolfo Mansilla Nahuelcheo y Alejandro Esteban Díaz Nahuelcheo respecto del artículo 324, inciso tercero, del Código Civil, en los autos caratulados "Nahuelcheo con Mansilla", de que conoce la Corte Suprema por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N? 24.088-2019. . Atentamente, Secretaria Abogada secretaria(Mtechile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile Datos adjuntos: -D00103 Notificaciones TC (NCC) Cuento res A NN NN NN PA De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> Enviado el: viernes, 13 de diciembre de 2019 13:49 Para: csuprema_tribunalconstitucionalOpjud.cl Asunto: Comunica resolución y alza de suspensión Rol 7570-19 21482_1.paf Señor Jorge Eduardo Saez Martin Secretario Excma. Corte Suprema En el marco del Convenio de comunicación Corte Suprema - Tribunal Constitucional, vengo comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N* 7570-19 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Javier Adolfo Mansilla Nabuelcheo y Alejandro Esteban Díaz Nahuelcheo respecto del artículo 324, inciso tercero, del Código Civil, en los autos caratulados "Nahuelcheo con Mansilla", de que conoce la Corte Suprema por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N? 24.088-2019. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria(techile.cl Tribunal Constitucional Huerfanos 1234, Santiago - Chile n.c.C. Santiago, 12 de diciembre de 2019. Señoras Mirta Nabuelcheo Antilef Clara Hernández Mansilla Calle Concepción N? 120, Piso 8 Puerto Montt Remito a Uds., copia de la resolución dictada por esta Magistratura, de fecha 11 de diciembre del año en curso, en el proceso Roi N* 7570-19-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Javier Adolfo Mansilla Nahuelcheo y Alejandro Esteban Díaz Nahuelcheo respecto del artículo 324, inciso tercero, del Código Civil; para los fines pertinentes. Saluda atentamente a Uds., -María Angélica Barriga Meza . Segretaria . Carta entregada a Correos de Chile el día 13 de diciembre de 2019