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TC Rol 8045

Tribunal Constitucional·Rol 8045

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000037 JVenna 4 ATEO Santiago, quince de enero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala. Por dicha razón, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N* 8045-19-INA. ERNÁNDEZ AL SS VÁSQUEZ SRA. SILVA EA DAAA 5 SR. DELAVEAU Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente (5), Ministro señor Domingo Hernández Emparanza, los Ministros señores Juan José Romero Guzmán y José ignacio Vásquez Márquez, la Ministra señora María Pía Silva Gallinato, y el Suplente de Ministro, señor Rodrigo Delaveau Swett. Autoriza creteri ...

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