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TC Rol 8923

Tribunal Constitucional·Rol 8923

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Sumario

0000059 CINCUENTA Y NUEVE Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, la parte requirente, a fojas 51, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que, el Ministerio Público, a fojas 58 no manifiesta oposición. Y TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1º. Ha lugar a la solicitud de fojas 51. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2º. Álcese la suspensión del procedimiento decretada con fecha 15 de julio de 202, que rola a fojas 24. Notifíquese, comuníquese y archívese. Rol N° 8923-20-...

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