TC Rol 9134
Tribunal Constitucional·Rol 9134
Sumario
0000012 DOCE Santiago, veintisiete de agosto de dos mil veinte. 1°. Que, con fecha 18 de agosto de 2020, Matías Ignacio Payacán Morales ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, y 17 letra b) de Ley N° 17.798 en el proceso penal RUC N° 2000544014-K, RIT N° 2802-2020, seguido ante el Juzgado de Garantía de lquique; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, del examen del requerimiento interpuesto, se verifica que el libelo de fojas 1 no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, en cuanto se estructura omitiendo toda referencia a los hechos constituyentes de la gestión judicial pendiente invocada en autos; 4°. Que, en tal contexto, se incumple en la especie lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, ...
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0000012 DOCE Santiago, veintisiete de agosto de dos mil veinte. 1°. Que, con fecha 18 de agosto de 2020, Matías Ignacio Payacán Morales ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, y 17 letra b) de Ley N° 17.798 en el proceso penal RUC N° 2000544014-K, RIT N° 2802-2020, seguido ante el Juzgado de Garantía de lquique; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, del examen del requerimiento interpuesto, se verifica que el libelo de fojas 1 no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, en cuanto se estructura omitiendo toda referencia a los hechos constituyentes de la gestión judicial pendiente invocada en autos; 4°. Que, en tal contexto, se incumple en la especie lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, al no haber expuesto de manera clara los fundamentos de hecho y de derecho de su acción; Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en los artículos 6°, 7° y 93, inciso primero, N° 6°, e inciso undécimo, de la Constitución Política y en los artículos 79, 80, 82 y demás pertinentes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE DECLARA: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 9134-20-INA. 0000013 TRECE Sr. Aróstica Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Rodrigo Pica Flores y el Suplente de Ministro señor Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente de la Sala y se certifica que demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente María por María Angélica Angélica Barriga Meza Fecha: 2020.08.27 Barriga Meza 13:15:55 -04'00' 0000014 CATORCE Notificaciones TC (GVZ) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 27 de agosto de 2020 15:22 Para: guidofloresgonzalez@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 9134-20 Datos adjuntos: 36142_1.pdf Señor abogado Guido Flores González, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 9134-20, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Matías Ignacio Payacán Morales respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 2000544014-K, RIT N° 2802-2020, seguido ante el Juzgado de Garantía de lquique. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1