TC Rol 9147
Tribunal Constitucional·Rol 9147
Sumario
0000052 CINCUENTA Y DOS Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinte. A fojas 43, a lo principal y al otrosí: estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en atención a la discordancia que se aprecia en la individualización del mandante indicado a fojas 45, respecto de la autoridad que se menciona a fojas 48, y teniendo presente el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 9147-20-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Juan J...
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0000052 CINCUENTA Y DOS Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinte. A fojas 43, a lo principal y al otrosí: estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en atención a la discordancia que se aprecia en la individualización del mandante indicado a fojas 45, respecto de la autoridad que se menciona a fojas 48, y teniendo presente el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 9147-20-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Rodrigo Pica Flores y el Suplente de Ministro señor Rodrigo Delaveau Swett. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Iván Enrique Firmado digitalmente por Iván Enrique Aróstica Aróstica Maldonado Fecha: 2020.09.04 12:27:44 Maldonado -04'00' María Firmado digitalmente por María Angélica Angélica Barriga Meza Fecha: 2020.09.04 Barriga Meza 13:10:46 -04'00'