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TC Rol 9579

Tribunal Constitucional·Rol 9579

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0000048 CUARENTA Y OCHO Santiago, doce de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 9579-20-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, Miguel Ángel Fernández González, y Rodrigo Pica Flores, y el Suplente de Ministro, señor Rodrigo Delaveau Swett. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron ...

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