TC Rol 9579
Tribunal Constitucional·Rol 9579
Sumario
0000048 CUARENTA Y OCHO Santiago, doce de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 9579-20-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, Miguel Ángel Fernández González, y Rodrigo Pica Flores, y el Suplente de Ministro, señor Rodrigo Delaveau Swett. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron ...
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0000048 CUARENTA Y OCHO Santiago, doce de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 9579-20-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, Miguel Ángel Fernández González, y Rodrigo Pica Flores, y el Suplente de Ministro, señor Rodrigo Delaveau Swett. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Iván Enrique Firmado digitalmente por Iván Enrique María Firmado digitalmente Aróstica Aróstica Maldonado Fecha: 2020.11.12 por María Angélica Angélica Barriga Meza Maldonado 13:03:27 -03'00' Fecha: 2020.11.12 Barriga Meza 13:03:42 -03'00' 0000049 CUARENTA Y NUEVE Notificaciones TC (OFS) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 12 de noviembre de 2020 20:44 Para: notifica.vallejos@hotmail.com Asunto: Comunica Resolución -Rol 9579-20 Datos adjuntos: 41469_1.pdf Señor Juan Vallejos Parra, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por la Primera Sala de esta Magistratura en el proceso Rol N° 9579-20-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Carlos Adrián Navarro Cifuentes respecto de los artículos 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 1501152442-4, RIT N° 6379- 2015, seguido ante el Duodécimo Juzgado de Garantía de Santiago. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1