TC Rol 9890
Tribunal Constitucional·Rol 9890
Sumario
0000027 VEINTE Y SIETE Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinte. A fojas 26, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO Que consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 22 de diciembre del año en curso, que rola a fojas 24, por tanto, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 9890-20-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar y Nelson Pozo Silva y Ministra señora María Pía Silva Gallinato. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que ...
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0000027 VEINTE Y SIETE Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinte. A fojas 26, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO Que consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 22 de diciembre del año en curso, que rola a fojas 24, por tanto, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 9890-20-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar y Nelson Pozo Silva y Ministra señora María Pía Silva Gallinato. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. María Luisa Firmado digitalmente por María Luisa Brahm Barril María Firmado digitalmente por María Angélica Brahm Barril Fecha: 2020.12.30 17:01:55 -03'00' Angélica Barriga Meza Fecha: 2020.12.30 Barriga Meza 17:56:46 -03'00' fhg 0000028 VEINTE Y OCHO notificaciones Tribunal Constitucional (MOO) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: miércoles, 30 de diciembre de 2020 19:23 Para: dtpinto@uc.cl; dtpinto@icloud.com; DTPINTO@UC.CL Asunto: Comunica Resolución Rol 9890-20 Datos adjuntos: 45072_1.pdf Sr. Diego Antonio Pinto Ramírez por la requirente Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 9890-20-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Alejandro Antonio Maldonado Díaz respecto del artículo 196 ter, inciso primero, segunda parte, de la Ley N° 18.290, en el proceso penal RUC Nº 2001154762-2, RIT N° 10132-2020, seguido ante el Juzgado de Garantía de Talca. . Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1