Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
TC Rol 6864
UDOO66 sesenta 3 sti Santiago, doce de julio de dos mil diecinueve VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. ROL N* 6864-19-1NA. 4 Sr —Aróstica 2.2 Sra. Silva [ Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Domingo Hernández Em za, Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez y Mint ¡ Autori Barriga Meza. COEOLCASR Notificaciones TC (NCC) LUGO? De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> sida...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 3987
0002/ 138 7 cele Santiago, treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete. Proveyendo a fojas 132: a sus antecedentes. Visto y considerando la presentación efectuada por la parte requirente a fojas 137 y lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que autoriza el retiro del requerimiento mientras no sea declarada su admisibilidad, Se resuelve: A fojas 137, téngase por retirado el requerimiento interpuesto a fojas 1 y por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 3987-17-INA. SR. LETELIER Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Carlos Carmona Santander, Gonzalo García Pino, señora María Luisa Brahm Barril y señor Cristián Letelier Aguilar. Autoriza el Secretario Subrogantl e del Tribunal Constitucional. 000139 Notificaciones Tribunal Constitucional 4e.4•Pt i/eriwAimAsza...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 8091
000017 od aaa Santiago, veintidós de enero de dos mil veinte, VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala. Por dicha razón, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N* 8091-19-INA. - SR, HERNÁNDEZ SR. ROMERO SRA. SILVA AE Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente (5), Ministro señor Domingo Hernández Emparanza, los Ministros señores Juan José Romero Guzmán y José Ignacio Vásquez Márquez, la Barriga Meza. Notificaciones TC (NCC) - 000018 De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: rn pa a a po tribunalconstitucional.cl ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7931
000051 SUE y 60 Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve A fojas 29, a lo principal: téngase presente; al otrosi: téngase por acompañado. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en cuanto ha acompañado equivalente certificación que no individualiza a víctima de la gestión pendiente, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archivese. ROL N? 7931-19-INA. ar A Sra. Brahm Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril y los Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6253
000022 rank de Santiago, dos de abril de dos mil diecinueve. A fojas 20, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en razón de que el certificado acompañado a fojas 20 no emana del Tribunal que actualmente conoce de la gestión pendiente, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N* 6253-19-INA. 2er Cor ds SRA. BRAHM (O SR. LETELIER Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, la Ministra señora María Luisa Brahm Barril y, los Ministros ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7597
Santiago, treinta de octubre de dos mil diecinueve VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento dentro de plazo a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. ROL N* 7597-19-1NA. "US Sn Vásquez Sr. Delaveau SEL Jaramillo Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señor José Ignacio Vásquez Márquez y señora María Pía Silva Gallinato, y los Suplentes de Ministro, es a Swett y Armando Jaramillo Lira. cretari3del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Autoriz Ba...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 1533
limito. oleo (32) o Santiago, tres de diciembre de dos mil nueve. Proveyendo a lo principal y otrosí del escrito de 24 de noviembre de 2009, en el que comparecen el requirente señor Ricardo González Benavides, asistido por su abogado señor Marcelo Segura Uauy, y el abogado don Mauricio Alliende Leiva, en representación de la Isapre CONSALUD S.A.: Vistos y considerando: lo dispuesto en el artículo 33 A de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, y no habiéndose declarado a esta fecha la admisibilidad de la acción de inaplicabilidad deducida a fojas uno, Se resuelve: ha lugar a la solicitud del requirente, Ccalificándola como retiro del requerimiento y, en consecuencia, téngaselo por no presentado. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Marisol Peña Torres, quien estuvo por no hacer lugar a la solicitud contenida en el escrito de 24 de noviembre de 2009, en atención a que de conformidad con el artículo 33 A, inciso tercero, de la Ley Orgán...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6539
0006 do, Santiago, veintitrés de mayo de dos mil diecinueve A fojas 32, 37, 40, a todo, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archivese. ROL N* 6539-19-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez y la Ministra señora María Pía Silva Gallinato. Se certifica que la Ministra señora María Pí...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 1522
000433 1 waliocientos treinla y tres ! Santiago, trece de julio de dos mil diez. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, mediante escrito de 22 de junio de 2010 -— fojas 421-, el abogado Waldo Fortín Cabezas, en representación de la requirente, Corporación Nacional del Cobre de Chile, ha solicitado a este Tribunal tener a esa parte por desistida la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducida en autos respecto de los artículos 9% y 10% de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional -N”* 18.918-, en la causa sobre recurso de casación en el fondo del que conoce la Corte Suprema bajo el Rol de Ingreso N”* 6.970-2007. En la misma presentación se expresa que la petición se fundamenta en el hecho de que la aludida normativa legal será objeto de una nueva regulación que ya fue sometida a control preventivo de constitucionalidad ante esta Magistratura, misma que, a Juicio de esa entidad, “en abstracto, reconoce y deja a salvo los derechos cuya violación por causa de inconst...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6010
000098 [encio lx2 Santiago, treinta de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS Y. CONSIDERANDO: 17, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%. Ha lugar a la solicitud de fojas 86. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese, Notifíquese y comuníquese. mr a Sr. Hernández Archívese. Rol N* 6010-19-INA. o a a [Li Sra. Brahm ' > 2. Lia lr ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6011
000080 COAnda Santiago, treinta de mayo de dos mil diecinueve. + VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3. Que no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%. Ha lugar a la solicitud de fojas 82. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 20. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 6011-19-1NA. Sr. Aróstica Á Sr. Hernández ANO Sr. Letelier Ñ Sr, Y, Sra. S...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5714
00033 presu entos rua 4 Santiago, catorce de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3*. Que no fueron evacuados traslados. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 20, Ha lugar a la solicitud de fojas 328. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%, Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 5714-18-INA. SRA. BRAH SR. HERNÁNDEZ A SR. LETELIER Pronunciada por el Excmo. Tri...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 1558
FOJA: 71 Setenta y uno Santiago, veintitrés de febrero de dos mil diez. En cumplimiento de lo ordenado por resolución de fojas 70, de veinte de enero de dos mil diez, CERTIFICO: que el plazo conferido a fojas 64 de estos autos, se encuentra vencido, no habiéndose formulado las observaciones a que se refiere el inciso tercero del artículo 33 A de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura. Rol 1558-09-INA. Santiago, veintitrés de febrero de dos mil diez. Jaime Silva Mac lver, Secretario (S).
Tribunal ConstitucionalTC Rol 1534
bulo L29) Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil nueve. Vistos y considerando: Que consta en autos que la requirente no he dado cumplimiento a lo resuelto por el Tribunal con fecha 9 de diciembre de 2009 -fojas 24- y, atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 47 D de la Ley N*? 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, Se resuelve: téngase por no presentado el requerimiento deducido, para todos los efectos legales. Notifíquese por carta certificada a la requirente. Archívese. Rol 1534-09-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, señor Marcelo Venegas Palacios, y por los Ministros señor Mario Fernández Baeza, señora Marisol Peña Torres y señores Enrique Navarro Beltrán y Francisco Fernández Fredes. Autoriza la Secretario Suplente del Tribunal, doña Marta de la Fuente Olguín. Qu Udo do
Tribunal ConstitucionalTC Rol 1844
000631 La y pus Santiago, treinta de noviembre de dos mil diez. Certifico: 1. Que se dio cuenta del estado de tramitación de estos autos a esta fecha a la Segunda Sala, integrada por su Presidente, señor Raúl Bertelsen Repetto, y por los Ministros señora Marisol Peña Torres y señores Carlos Carmona Santander, José Antonio Viera-Gallo Quesney e Iván Aróstica Maldonado. Rol 1844-10-INA. 000039 Leda ¿dm Santiago, treinta de noviembre de dos mil diez. Proveyendo a fojas 30: A lo principal, atendido el estado de la causa y a lo dispuesto en el artículo 46, inciso primero, de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, N* 17.997, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N* 5, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, ha lugar al retiro solicitado; al otrosí, como se pide. Notifíquese por carta certificada a las partes de este proceso constitucional. Archívese. Rol 1844-10-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Exc...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 1832
0000040 CUARENTA Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala. En razón de ello, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 16.422-25-INA. Daniela Beatriz Marzi Muñoz Fecha: 19/05/2025 Miguel Angel Fernández González Héctor Antonio Mery Romero Fecha: 20/05/2025 Fecha: 19/05/2025 Alejandra Precht Rorris Fecha: 19/05/2025 Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Daniela Beatriz Marzi Muñoz, y por sus Ministros señor Miguel Ángel Fernández González, ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 1519
0000108 CIENTO OCHO Santiago, veintiocho de julio de dos mil veinticinco A fojas 103, a todo, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala. Por lo anterior, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 16.618-25-INA. María Pía Silva Gallinato Fecha: 28/07/2025 Raúl Eduardo Mera Muñoz Catalina Adriana Lagos Tschorne Fecha: 28/07/2025 Fecha: 28/07/2025 Marcela Inés Peredo Rojas Fecha: 28/07/2025 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Pía Silva Gallinato, y por sus Ministros señor Raúl Eduardo Me...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 540
0000031 TREINTA Y UNO Santiago, veinte de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cumplimiento dentro de plazo a lo ordenado por esta Sala con fecha 8 de agosto de 2025, que rola a fojas 25, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional Tribunal Constitucional. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 16.729-25-INA María Pía Silva Gallinato Fecha: 20/08/2025 Raúl Eduardo Mera Muñoz Catalina Adriana Lagos Tschorne Fecha: 20/08/2025 Fecha: 20/08/2025 Marcela Inés Peredo Rojas Fecha: 20/08/2025 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Pía Silva Gallinato, y por sus Ministros señor Raúl Eduardo Mera Muñ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5755
Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho. A fojas 22, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, téngase por retirado el requerimiento deducido a fojas 1, el que se tiene por no presentado para todos los efectos legales. Notifiquese y archívese. Rol N* 5755-18-INA. SRÍGARGÍA ( 2 ! " SRA.BRAHM SR. LETELIER Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, la Ministra señora María Luisa Brahm Barril y, los Ministros señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel Fernández González. Autoriza la Secretaria (s) del Tribunal Constitucional, señora Mónica Sánchez Abarca. o NA ID" Oscar Fuentes Salazar 000024 A De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> miércoles, 19 de diciembre de 2018 6:51 apavezQO gmail.com Notificacion Rol 5755-18 92...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
0000216 DOSCIENTOS DIECISEIS Santiago, veintidós de septiembre de dos mil veinticinco. A fojas 214, a sus antecedentes. Estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cumplimiento dentro de plazo a lo ordenado por esta Sala con fecha 3 de septiembre del año en curso, que rola a fojas 196, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 16.832-25-INA María Pía Silva Gallinato Fecha: 22/09/2025 Raúl Eduardo Mera Muñoz Catalina Adriana Lagos Tschorne Fecha: 22/09/2025 Fecha: 22/09/2025 Mario René Gómez Montoya Fecha: 23/09/2025 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, ...
Tribunal Constitucionalinaplicabilidad