Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
INA-Inadmisibilidad
A Santiago, veintidós de abril de dos mil diecinueve. A fojas 87, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, téngase presente. A fojas 97, téngase presente. Estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1”. Que, con fecha 20 de febrero de 2019, César López Escobar, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1? de la Ley N* 18.216, en el proceso penal RUC N* 1600035511-2, RIT N* 705-2018, seguido ante el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago; 2”. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 26 de marzo de 2019; 3”. Que, del examen del requerimiento deducido, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no puede prosperar, por lo que ell...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 5289
000046. q Santiago, nueve de octubre de dos mil dieciocho. A fojas 26, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 27, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer otrosí, astese a lo que se resolverá; al segundo y tercer otrosies, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 13 de septiembre de 2018, Emilio Armando Sironvalle Álvarez, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 12 de la Ley NO 17.322, en los autos caratulados “A.F.P. Provida S.A. con Constructora Huaquén”, sobre procedimiento ejecutivo previsional, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, bajo el RIT P-30144-2015, RUC 15-3-0197590-K; 20. El señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala, el que fue acogido a trámite con fecha 20 de septiembre de 2018, a fojas 22. 3%. Que, del examen del requerimiento interpuesto, esta ...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000019 1 dicuime_ Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil diez. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 12 de noviembre de 2010, la abogada Guacolda Salas Santana, en representación de Víctor Rapiman, ha deducido ante esta Magistratura un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad “del inciso quinto del artículo 480 del Código del Trabajo que irradia, proyecta y trasciende sus efectos al precepto contemplado en el inciso segundo de la citada norma y que hoy aparece incorporada al texto del Código bajo el número 510”, en la causa sobre juicio del trabajo por despido indirecto, caratulada “Rapiman con Beckett y otra”, que se encuentra actualmente pendiente ante la Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Rol de ingreso N* 10.468-2009, según consta del certificado acompañado a fojas 14; 2%. Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N” 6*, de la Constitución Política, es atribución de este Tribunal: “Resolver, por la mayoría de sus m...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 12321
0000055 CINCUENTA Y CINCO 1 Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. A fojas 47, por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 40. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 12.321-21 INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Cons...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000317 , 8) > Santiago, once de diciembre de dos mil dieciocho. A fojas 166, a lo principal y al tercer otrosí, téngase presente; al primer otrosí, ténganse por acompañados; al segundo otrosí, estese a lo que se resolverá; al cuarto otrosí, como se pide. A fojas 272, a lo principal, ténganse por acompañados; al primer y segundo otrosíes, estese a lo que se resolverá; al tercer otrosí, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, con fecha 26 de noviembre de 2018, la Universidad Gabriela Mistral, representada convencionalmente por Rodrigo Riquelme Yáñez, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 89, numeral noveno, de la Ley NO 18.101, en los autos Rol N* 10.797-2017, caratulados “Inmobiliaria del Inca S.A. con Universidad de Ciencias de la Informática y otro”, sobre juicio de arrendamiento, seguidos ante el 21% Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por re...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
00 90 A ¿ Santiago, nueve de octubre de dos mil dieciocho. A fojas 26, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer otrosí, estese a lo que se resolverá; al segundo y tercer otrosies, téngase presente. Afojas 41, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 13 de septiembre de 2018, Emilio Armando Sironvalle Álvarez, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 12 de la Ley N* 17.322, en los autos caratulados “A.F.P. Habitat S.A. con Constructora Santa Beatriz Ltda.”, sobre procedimiento ejecutivo previsional, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, bajo el RIT P-49155- 2015, RUC 15-3-0340462-4; 2". El señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala, el que fue acogido a trámite con fecha 20 de septiembre de 2018, a fojas 22. 3”. Que, del examen del requerimiento interpue...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 12444
0000116 CIENTO DIEZ Y SEIS 1 Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1) Ha lugar a la solicitud de fojas 109. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. 2) Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese al efecto. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 12.444-22-INA. Pronunciada por ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 12878
0000084 OCHENTA Y CUATRO 1 Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1) Ha lugar a la solicitud de fojas 77. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. 2) Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese al efecto. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 12.878-21-INA. Pronunciada por el ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 13344
0000047 CUARENTA Y SIETE Notificaciones (JBC) Jimmy Barberán Canales De: Notificaciones (JBC) Jimmy Barberán Canales <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: miércoles, 6 de julio de 2022 9:25 Para: 'Notifica top San Bernardo' Asunto: RE: Acuse de recibo de antecedentes enviados - TOP San Bernardo: Causa RIT 162-2021. Acuso el recibo de los antecedentes remitidos , procedentes del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo , en causa RIT 162 ‐2021 Consigno que , los antecedentes y resolución remitidos serán incorporados al expediente rol N° 13.344‐22 INA , que se tramita en este Tribunal Constitucional. Saludos cordiales, Andrés Barberán Canales Administrativo Tribunal Constitucional Fono: (56‐2) 272 19 208, Huérfanos N° 1.234, Santiago – Chile ‐‐‐‐‐Mensaje original‐‐‐‐‐ De: Notifica top San Bernardo <notifica_to_sanbernardo@pjud.cl> Enviado el: martes, 5 de julio de 2022 14:56 Para: notificaciones@tcchile.cl Asunto: Notificación en RUC: 1801240856‐7, RIT 162‐202...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4936
000071 selento y uno Santiago, veinticinco de octubre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 2%, Que, a fojas 61, Claudio Fierro Morales, en representación de Fabián Andrés Cavieres Guzmán, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 97, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3". Qué, á fojas 70, fue evacuada presentación por Hernán Ferrera Leiva, por el Ministerio Público, parte requerida en estos autos, allanándose al desistimiento promovido a fojas 61. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1. Halugar a la solicitud de fojas 61. Téngase a la requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso con...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5256
000057 Lau unta 3 yule Santiago, seis de diciembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Oue, se evacuó traslado por el Ministerio Público, aceptando el desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 10. Ha lugar a la solicitud de fojas 44. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 20. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 5256-18-INA. SR. ARÓSTICA SR. HERNÁNDEZ o...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5673
000074 pda quad Santiago, siete de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17-997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que, no fueron evacuados traslados. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%. Ha lugar a la solicitud de fojas 65. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 20. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archivese. Rol N* 5673-18-INA. Sr. Aróstica Sr. Hernández apro A eN JA qe Sra. Brahm / y É f RH Pa VA H Sra. S...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6063
0000322 Otnenta y dos Santiago, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. Afojas 81, téngase por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Oue, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3*. Que, a fojas 81 el Ministerio Público acepta el desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%, Halugar a la solicitud de fojas 70. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional, Notifíquese y comuniquese. 2%, Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Archívese. Rol N* 6063-19-INA. ZN ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4896
UD0L5S Cain cuimto y dos Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, a fojas 42, Claudio Fierro Morales, en representación de Javier Antonio Rojas Vega, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 44, el Tribunal + confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3. Que, a fojas 51, fue evacuada presentación por Pablo Campos Muñoz, por el Ministerio Público, parte requerida en estos autos, allanándose al desistimiento promovido a fojas 42. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el articulo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, Sn, SE RESUELVE: 1. Halugar a la solicitud de fojas 42. Téngase a la requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proces...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, tres de octubre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, por resolución de 11 de septiembre de 2018, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por la |. Municipalidad de Coronel respecto del artículo 3, letra b), y artículos 7 y artículo 8, del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Carrasco con Municipalidad de Coronel”, sobre despido injustificado y cobro de prestaciones, de que conoce el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Coronel, bajo el RIT O-5- 2018; 2%. Que, en la misma resolución, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez dias a las demás partes en la gestión sublite, traslado que no fue evacuado dentro de plazo; 3”. Que el artículo 84, N 6, de la Ley N% 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional —en relación con el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución Política- dispone que “proc...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 12528
0000072 SETENTA Y DOS Santiago, diez de marzo de dos mil veintidós. A fojas 71, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que el Ministerio Público evacuó traslado a fojas 71, allanándose al desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud en lo principal de fojas 63. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 12.528-21-INA. Pronunciad...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 12661
0000089 OCHENTA Y NUEVE Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. A fojas 88, téngase por evacuado traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que consta traslado evacuado a fojas 88, allanándose al mismo. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud en lo principal de fojas 81. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 12.661-21-INA. Pronunciad...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 17383
0000223 DOSCIENTOS VEINTITRES Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 17 de febrero de 2026, W&J Inversiones SpA ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad r especto del artículo 53, del Código de Procedimiento Civil y del artículo 8, de la Ley 18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos, en el proceso Rol N° C-1320-2025, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Coquimbo, en conocimiento de la Corte de Apelaciones de La Serena, bajo el Rol N° 100-2026; 2°. Que, la señora Presidenta (S) del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, para el examen de admisión a trámite del requerimiento de inaplicabilidad deducido en autos, debe verificarse el cumplimiento de los requisitos consignados en el artículo 93 de la Constitución Política de la República, y en los artículos 79, incisos primero y segundo; y...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5238
Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 28, agréguese a los autos el oficio remitido. A fojas 29, téngase por acompañado el documento, A fojas 34, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer y tercer otrosles, téngase presente, y al segundo otrosí, téngase por acompañado el documento. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19, Que, por resolución de 5 de septiembre de 2018, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Emilio Armando Sironvalle Alvarez respecto del artículo 12 de la Ley N? 17.322, en los autos caratulados “A.F.P. Habitat S.A. con Constructora Santa Beatriz Ltda.”, sobre procedimiento ejecutivo previsional, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, bajo el RIT P-53537-2016, RUC 16-3- 0344738-9. 2%. Que, en la misma resolución, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5231
000953 Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 28, agréguese a los autos el oficio remitido. A fojas 29, téngase por acompañado el documento. A fojas 34, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer y tercer otrosies, téngase presente, y al segundo otrosí, téngase por acompañado el documento. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, por resolución de 5 de septiembre de 2018, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Emilio Armando Sironvalle Alvarez respecto de! artículo 12 de la Ley N* 17.322, en los autos caratulados “A.F.P Provida S.A. con Constructora Emilio Sironvalle S.A.”, sobre procedimiento ejecutivo previsional, seguido ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, bajo el RIT P-51224-2014, RUC 14-3- 0338695-6. 2%, Que, en la misma resolución, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el pla...
Tribunal Constitucional