Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
INA-Inadmisibilidad
000027 peitiiek Santiago, treinta de noviembre de dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Que, con fecha 24 de noviembre de 2017, Sebastián Alejandro Llauco Cortes deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 125 del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N* 1600321153-7, RIT N” 7778-2016, seguido ante el Juzgado de Garantía Antofagasta; 2%. Que el Presidente del Tribunal ordenó que se diera Cuenta del requerimiento de inaplicabilidad deducido en la Segunda Sala de esta Magistratura; 3%. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo en dichos casos procedente que la Sala derechamente declare la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, sentencias roles N”s 1924, 1890, 1878, 1860, 1789, 1834, 1828, 1788, 177...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 1815
000044 tuarida y tuaho Santiago, catorce de octubre de dos mil diez. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 1” de septiembre de 2010, Arturo Labbé Castro, en representación de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., ha requerido a esta Magistratura para que declare la áinconstitucionalidad del apartado N* 7 del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, en el marco del proceso de protección rol N” 3744-2010, caratulado “DE LA FUENTE GONZÁLEZ con ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.”, en actual tramitación ante la Corte de Apelaciones de Santiago; 2%. Que con fecha 9 de septiembre de dos mil diez, la Segunda Sala de esta Magistratura resolvió admitir a tramitación el requerimiento y, con fecha 28 de septiembre ordenó que, previo a resolver acerca de la admisibilidad, se certificara el estado actual de la getsión en que incide el requerimiento, lo cual fue cumplido a fojas 40; 39. Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero,...
Tribunal ConstitucionalINA-STC
1 Santiago, diez de septiembre de dos mil trece. VISTOS: Con fecha 9 de marzo de 2012, en causa RIT C-1158-2011, RUC 11-2-0506975-7, el Juez Titular del Juzgado de Familia de Melipilla ha solicitado la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso tercero del artículo 5° transitorio de la Ley N° 19.585, de 26 de octubre de 1998 – ley vigente desde el 26 de octubre de 1999, conforme a su artículo 9°-, que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales en materia de filiación. El precepto cuya aplicación se impugna dispone que: “Artículo 5º.- Los plazos para impugnar, desconocer o reclamar la filiación, paternidad o maternidad, o para repudiar un reconocimiento o legitimación por subsiguiente matrimonio, que hubieren comenzado a correr conforme a las disposiciones que esta ley deroga o modifica se sujetarán en su duración a aquellas disposiciones, pero la titularidad y la forma en que deben ejercerse esas acciones o derechos se regirá por la presente ley. L...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 16685
0000237 DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE 2026 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 16.685-2025 [29 de enero de 2026] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 4°, INCISO QUINTO DE LA LEY N° 19.531 GRACE DANIELA DÍAZ SALVO EN EL PROCESO ROL N° 8079-2025, SOBRE RECURSO DE PROTECCIÓN, SEGUIDO ANTE EL CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO VISTOS: Que, con fecha 22 de julio de 2025, Grace Daniela Díaz Salvo ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 4°, inciso quinto de la Ley N° 19.531, en el proceso Rol N° 8079-2025, sobre recurso de protección, seguido ante el Corte de Apelaciones de Santiago. Precepto legal cuya aplicación se impugna Ley N° 19.531 “Artículo 4º.- Establécese, a contar del 1º de enero de 2008, un bono de modernización para el personal perteneciente a los grados III al XI del Escalafón del Personal Superior del Poder Judici...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000969 pets Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 30 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C-499-2016. 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3". Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000057, *, Cuente y Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 30 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C-514-2016. 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3". Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, asi, impertinente que la Sala efectúe un exa...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 5454
Santiago, veintiséis de octubre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 16 de octubre de 2018, Sociedad Educacional Mountain Green Limitada, representada convencionalmente por Samuel Saavedra Avilés, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 15, inciso segundo, del DL N* 2, sobre Subvenciones del Estado a Establecimientos Educacionales, en los autos caratulados “Yovanolo con Sociedad Educacional Montain Green Limitada”, sobre cobranza laboral, de que conoce el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Panguipulli, bajo el Rol C-2-2018; 2”. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3%. Oue el artículo 93, inciso primero, N* 6%, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N9 17.997, Orgánica Constitucional del Tribuna...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 23 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C-217-2016. 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3". Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 10, Que, con fecha 19 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C-339-2036. 2%. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3*. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19, Que, con fecha 19 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C- 349-2016. 2%. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3”. Oue esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisió...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
1 Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 2.0. Que, con fecha 19 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C-315-2o16. 2°. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3°. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000045 CudAMiooíÍ CAAALO Santiago, cinco de junio de dos mil diecinueve. CERTIFICACIÓN Revisados los antecedentes relativos a la gestión pendiente de causa Rol N? 6661-19, se certifica lo siguiente: 1%. Que la gestión judicial en la que sustenta el requirente la presente acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, dice relación con un recurso de unificación de jurisprudencia sustanciado ante la Corte Suprema bajo el Rol N* 4254-2019. 2%. Que con fecha 13 de mayo de 2019, la Corte Suprema declaró la inadmisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia, no encontrándose pendiente la resolución de otros recursos en la gestión judicial pendiente invocada en autos. 000046 Cuad, SAA Santiago, cinco de junio de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17, Que, con fecha 24 de mayo de 2019, María Inés Abarca Bignon ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 482, inciso final, relacionado con los artículos 431 y 4...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000060 ! Sestnfa Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19, Que, con fecha 23 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C-82-2017. 2%, Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3%. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 10 . Que, con fecha 19 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C- 357-2016. 2°. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3°. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisi...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 3143
Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis. VISTO Y CONSIDERANDO: 1%. Que, por resolución de 27 de julio de 2016, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por ¡inconstitucionalidad deducido en autos por Agrícola El Triunfo S.A. respecto del artículo 5, letra c, incisos primero y segundo, de la Ley N* 19.983, en el proceso sobre gestión preparatoriía de la vía ejecutiva caratulado “Quiroz Varela con Agrícola El Triunfo S.A.”, de que conoce el Segundo Juzgado de Letras de Los Andes bajo el Rol <C€-1641-2015; y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del reqguerimiento, confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sublite, traslados que no fueron evacuados; 2%. Que la Sala ha arribado a la conclusión de que, en este caso concreto, concurre la causal de inadmisibilidad del requerimiento prevista en el numeral 6% del artículo 84 de la Ley N9o 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, conf...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
ey ut Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 19 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C-347-2016. 2", Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000066 . ya Santiago, cinco de noviembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 30 de octubre de 2018, Servicios Generales Global Ltda. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la frase que indica del inciso quinto, y de los incisos sexto, séptimo y octavo, todos del artículo 162 del Código del Trabajo, en el proceso de ejecución de sentencia condenatoria en materia laboral sustanciada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, bajo el RIT C-404-2016. 2". Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3". Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, seis de mayo de dos mil dieciséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 27 de abril de 2016, HMónica Ibarra Ibarra, ha requerido ante esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 152 del Código de Procedimiento Penal, para que surta efectos en la gestión pendiente sobre juicio criminal, en etapa de Plenario con fallo, sustanciado ante el 34% Juzgado del Crimen de Santiago bajo el Rol N* 220.213-2005; 2% Que, a fojas 84, el Señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 3%. Que, el artículo 93, inciso primero, N* 6”, y el inciso decimoprimero del : mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyos artículos 79 y 80 establecen los requisitos para que el requerimiento de inaplicabilidad sea admitido a trámite; 4%. Q...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, treinta de noviembre de dos mil dieciséis. A lo principal de fojas 304, a sus antecedentes, y al otrosí, estése a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, por resolución de 25 de octubre de 2016, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Ramberto Norambuena Rosales respecto de los artículos 24 J); 389 F, inciso final, y =532, inciso final, del Código Orgánico de Tribunales, para que surta sus efectos en los autos administrativos de que conoce la Corte Suprema bajo el Rol AD-1315-2016 Y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sublite, traslado que fue evacuado dentro de plazo por el Consejo de Defensa del Estado, actuando en representación del Estado y en el interés del la Corte Suprema; 2%. Que, en audiencia verificada el día 22 de noviembre de 2016, fueron oídos los alegatos de...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
00 0 09 7 ptcliJo. ) Santiago, uno de marzo de dos mil dieciséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, Que, con fecha 19 de enero de 2016, don Horacio Patricio García Espejo ha requerido ante esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la primera parte del inciso séptimo del artículo 483 y del artículo 483 A, ambos del Código del Trabajo, para que surta efectos en la causa sobre unificación de jurisprudencia, Rol N° 22.904-2015, seguida ante la Corte Suprema; 2°. Que, a fojas 88, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 3°. Que, el artículo 93, inciso primero, N° 6°, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyos artículos 79 y 80 establecen los requisitos para que el requerimiento de inaplicabili...
Tribunal Constitucionalinaplicabilidad