Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
CCO
1 Santiago, cinco de marzo de dos mil catorce. Proveyendo A fojas 18: a lo principal: téngase presente; al primer otrosí: estese a lo que se resolverá; al segundo otrosí: téngase presente y por acompañada personería; al tercer otrosí: téngase presente patrocinio y poder. VISTO Y CONSIDERANDO: 1º. Que, mediante copia de resolución de fecha 7 de febrero del año en curso, que sirve como oficio remisor N° 679-2014, recepcionado por este Tribunal con fecha 20 de febrero pasado, la Juez Titular del Juzgado de Familia de Talagante, doña MARCELA CISTERNA VALENZUELA, ha remitido los antecedentes de la causa RIT F-77-2014, RUC 14-2-0053866-9, sobre violencia intrafamiliar caratulados “ROMERO/RUZ”, a objeto de que esta Magistratura dirima la contienda de competencia trabada entre dicho Tribunal y el Ministerio Público; 2°. Que, conforme lo dispone el artículo 93, inciso primero, Nº 12, de la Constitución Política, es atribución de este Tribunal “resolver las contiendas de competencia que se ...
Tribunal ConstitucionalCCO
1 Santiago, cinco de marzo de dos mil catorce. Proveyendo A fojas 17: a lo principal: téngase presente; al primer otrosí: estese a lo que se resolverá; al segundo otrosí: téngase presente y por acompañada personería; al tercer otrosí: téngase presente patrocinio y poder. VISTO Y CONSIDERANDO: 1º. Que, mediante copia de resolución de fecha 7 de febrero del año en curso, que sirve como oficio remisor N° 646-2014, recepcionado por este Tribunal con fecha 20 de febrero pasado, la Juez Titular del Juzgado de Familia de Talagante, doña MARIA PAZ GUTIERREZ ADASME, ha remitido los antecedentes de la causa RIT F-19-2014, RUC 14-2-0011620-9, sobre violencia intrafamiliar caratulados “REYES/SOTO”, a objeto de que esta Magistratura dirima la contienda de competencia trabada entre dicho Tribunal y el Ministerio Público; 2°. Que, conforme lo dispone el artículo 93, inciso primero, Nº 12, de la Constitución Política, es atribución de este Tribunal “resolver las contiendas de competencia que se s...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000038 Santiago, catorce de noviembre de dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSIDERANDO: 12. Que, con fecha 18 de octubre de 2017, Rafael Hernan Aceituno Silva deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 11, inciso final, de la Ley N” 18.216, en el proceso penal RUC N”* 1700430948-0, RIT N”* 2449-2017, seguido ante el Juzgado de Garantía de Coquimbo, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de La Serena, por recurso de apelación, bajo el Rol N” Reforma procesal penal -538-2017; 2”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada cáso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, sentencias roles Ns 1924...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 3082
Santiago, cinco de julio de dos mil dieciséis. Proveyendo a fojas 102: a lo principal, como se pide, al primer otrosí, téngase por acompañado; al segundo otrosí, como se pide, notifíquese al correo electrónico indicado; al tercer otrosí, téngase presente. Proveyendo a fojas 106: téngase presente. Proveyendo a fojas 112: estese a lo que í.e resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 27 de mayo de 2016, don Samuel Ginsberg Rojas, abogado, por í, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 214 y 335 del Código de Justicia Militar y de las frases “no deliberantes” y “es total”, contenidas en los artículos 2% y 45 de la Ley N* 18.948, para que surta efectos en el proceso sobre delitos de secuestro, tortura, detención ilegal y asociación ilícita, Rol N* 980-2008, sustanciado ante el Ministro en Visita Extraordinaria, don Jaime Arancibia Pinto, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso; 2% Que, por resolución de fojas 52, esta Sala a...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000016 AAA SAA Santiago, cinco de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 29 de noviembre de 2019, Servicio Técnico Campanario SPA deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto artículo segundo transitorio de la Ley N* 20.886, en los autos caratulados “Comercial Punto Repuestos Limitada con Servicio Técnico Campanario SpA”, sobre recurso de casación en la forma y en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N* 29.525-2019; 2%. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, sentencias roles N%s 1924, 1890, 1878, 1860, 1789, ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
0000578 QUINIENTOS SETENTA Y OCHO 2026 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 16.627-2025 [5 de marzo de 2026] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 472 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO DAGOBERTO OYANADEL PULGAR EN EL PROCESO RIT C-33-2019, RUC 1940189952-1, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE LETRAS DE LA LIGUA, EN CONOCIMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES DE VALPARAÍSO BAJO EL ROL N° 631-2025 (LABORAL COBRANZA) VISTOS: Que, con fecha 4 de julio de 2025, Dagoberto Oyanadel Pulgar requiere la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 472 del Código del Trabajo, para que ello incida en el proceso RIT C-33-2019, RUC 1940189952-1, seguido ante el Juzgado de Letras de La Ligua, en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso bajo el Rol N° 631-2025 (Laboral Cobranza). La disposición legal impugnada dispone lo siguiente: “Código del Trabajo (…) Artículo 472. Las resolu...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000062 Santiago, dos de enero de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 2%. Que, con fecha 18 de noviembre de 2018, Jordan Andrés Valenzuela Valenzuela ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1? de la Ley N0 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley NO 17.798, en el proceso penal RUC N9 1700306344-5, RIT N* 516-2018, seguido ante el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago; 2”. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, siendo admitido a trámite con fecha 28 de noviembre de 2018, según consta a fojas 46; : 2” : 3". Que el artículo 93, inciso primero, N* 60, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley NO 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000035 1 faz NS 7 EAS Santiago, ocho de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 24 de julio de 2019, Claudio Andrés Cordova Contreras deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1% de la Ley NO 18.216, y del articulo 17 B), inciso segundo, de la Ley N* 17.798, en el proceso penal RUC N* 1800834630-1, RIT N* 40- 2019, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca; 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 3*. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, veintitrés de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 13 de mayo de 2019, la ilustre Municipalidad de Cobquecura ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 1%, inciso tercero, y 485, del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Aravena con llustre Municipalidad de Cobquecura”, que conoce la Corte Suprema, por recurso de unificación de jurisprudencia, bajo el Rol N* 4855-2019; 2”. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó.que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3?. Que el artículo 93, inciso primero, N* 69, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementan con la preceptiva que se contiene en la Ley NO 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece en su inciso primero, numeral 3%, que un requerimiento deberá ser declarado inadmisible cuando no...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000091 pereira qu Santiago, veintidós de marzo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 13 de marzo de 2019, Daniel Esteban González Ferrada deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 139, de la Ley N* 18.834, en el proceso sobre sumario administrativo N9 263-205, instruido por la Fiscal Ana Vergara Riquelme, de la Policía de Investigaciones de Chile; 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción d...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
O Santiago, quince de septiembre de dos mil diecisiete. Proveyendo a fojas 455, estése a lo que se resolverá. A fojas 456, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer otrosí, estése a lo que se resolverá; al segundo otrosí, téngase por acompañado el documento, Y al tercer y cuarto otrosíes, téngase presente. A fojas 467, agréguese a los autos el oficio remitido. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, por resolución de 23 de agosto de 2017, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Edgardo Grez Ramírez respecto del inciso final del artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 463 N” 3 del mismo cuerpo legal, en el proceso ejecutivo caratulado “Exportadora SUBSOLE S.A. con Grez”, de que conoce el Primer Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-30.027-2015, actualmente pendiente ante la Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Rol N* 3569-2017; 2%. Que, en la misma resoluci...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadCPT-Inadmisibilidad
Santiago, primero de octubre de dos mil trece. Proveyendo a fojas 62: estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 13 de septiembre del año en curso, diez señores Senadores, que constituyen más de la cuarta parte de los miembros en ejercicio del Senado, han deducido ante esta Magistratura un requerimiento de inconstitucionalidad respecto de 18 preceptos contenidos en diversos artículos del proyecto de ley sobre procedimiento para otorgar concesiones eléctricas (Boletín N° 8270-08). Específicamente se solicita que estos preceptos sean declarados inconstitucionales por vulnerar los derechos asegurados en los numerales 3°, 21°, 24° y 26° del artículo 19 constitucional; 2º. Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 3º, de la Constitución, es atribución de este Tribunal “resolver las cuestiones sobre constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de los proyectos de ley o de reforma constitucional y de los tratados sometid...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, once de agosto de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 27 de julio de 2015, Inversiones Quimetal .A. ha ideducido ante esta VMagistratura requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en los autos sobre recursos de casación en la forma y en el fondo, caratulados “Inversiones Quimetal S,A. con Servicio de Impuestos Internos”, que se encontraban en tramitación ante la Corte Suprema, bajo el Rol:N*” 7188-2015; 2%. Que, por resolución de 4 de agosto de 2015, esta Sala decretó, previo a proveer, que se certificara por el Secretario subrogante del Tribunal el estado actual de la gestión judicial en que incide el requerimiento; 3%. Que, conforme al certificado acompañado por el requirente a fojas 12, al 24 de julio de 2015, la causa sub lite se encontraba pendiente de dar cuenta respecto del recurso de reposición interpuesto por el requirente en contra de la resolución...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, quince de diciembre de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 18 de noviembre de 2015, Juan Ignacio Ipinza Mayor dedujo requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los incisos primero y segundo del artículo 173 de la Ley N* 18.290, de Tránsito, en los autos Rol N* 21.166-2015, sobre recurso de queja, de que conocía la Corte Suprema, en recurso de reposición; 2%”. Que, conforme a lo ordenado por esta Segunda Sala, el requirente acompañó un certificado de la Corte Suprema, de 2 de diciembre de 2015, que daba cuenta de que se había rechazado el recurso de reposición, estando pendiente de resolver un incidente de nulidad procesal interpuesto por el actor; 3%. Que, con la misma fecha de la presente resolución, la Sala ordenó, previo: a proveer. el requerimiento de fojas 1 y la presentación de fojas. 12, que el señor Secretario de este Tribunal Constitucional certificara el estado actual de la gestión judicial sublite, quien ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 3144
Santiago, veintiséis de julio de dos mil dieciséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 22 de julio de 2016, don Juan Ramón Moraga Cuevas, ha deducido requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de “la resolución de fecha 8 de Julio de 2016, dictada por la I. Corte de Apelaciones de Concepción”; 2%. Que, a fojas 117, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 3%. Que el artículo 93, inciso primero, N%* 6%, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece en su inciso primero, numeral sexto, que un reguerimiento es inadmisible cuando carezca de fundamento plausible; 4%, Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores, ha resuelto, conforme al mérito de cada caso partic...
Tribunal ConstitucionalINA-STC
0000459 CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 2025 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 15.889-2024 [8 de julio de 2025] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 129, 130, DEL CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR; Y 79, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL JOSÉ REMIGIO VILLAGUALA SEPÚLVEDA EN EL PROCESO ROL N° 440-2024, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO NAVAL DE LA IV ZONA NAVAL VISTOS: Que, José Remigio Villaguala Sepúlveda acciona de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 129, 130, del Código de Justicia Militar; y 79, del Código de Procedimiento Penal, en el proceso Rol N° 440-2024, seguido ante el Juzgado Naval de la IV Zona Naval. Preceptos legales cuya aplicación se impugna El texto de los preceptos impugnados dispone lo siguiente: “Código de Justicia Militar (…) “Artículo 129. Serán aplicables al sumario las reglas de los artículos 77 a 79 del Código de Procedimiento ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 2698
Santiago, veintisiete de agosto de dos mil quince. VISTOS: Con fecha 13 de agosto de -2014, Proyectos de Energía Eléctrica 5.A. solicitó a esta - Magistratura la declaración de inaplicabilidad por -inconstitucionalidad del artículo 45, inciso segundo, y del artículo 43, N? 1, de la Ley N? 18.175 -Ley de Quiebras-, para que surta efectos en el proceso sobre declaración de quiebra que se sustancia ante el Tercer Juzgado de Letras de Ovalle, bajo-el Rol N9 C-1025-2014. El texto de los preceptos legales objetados en autos es del siguiente tenor: Artículo 45, inciso segundo: “La audiencia del deudor sólo tendrá carácter informativo, no dará lugar a incidente, y en ella éste podrá éonsignar fondos suficientes para el pago de los créditos que hubieren servido de base a la solicitud de quiebra y las costas correspondientes, en éuyo caso no procederá la declaración de quiebra.”. “Artículo 43: Cualquiera de los acreedores podrá solicitar la declaración de quiebra, aun cuando su ...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000048 Santiago, catorce de mayo de dos mil diecinueve. A fojas 43, a sus autos. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19, Que, con fecha 4 de abril de 2019, José Pedro Solari García Comercial, Importadora, Exportadora y Distribuidora El.R.L., ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 53, inciso final,-de la Ley N* 19.880, de Bases de Procedimientos Administrativos, en ellos autos caratulados “José Pedro Solari García Comercial, Importadora, Exportadora y Distribuidora EIRL con Zarhi Troy, Andres Enrique, Alcalde de la |. Municipalidad de Ñuñoa”, de que conoce la Corte Suprema por recursos de casación en la forma y en el fondo, bajo el Rol N* 3.034-2018; 2%. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite el día y de abril de 2019, a fojas 34, convocándose a alegatos de admisibilidad en la audiencia celebrada el ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
vi en Ta Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete. VISTOS: Solicitud de inaplicabilidad. Con fecha 5 de septiembre de 2016, don Juan Eduardo Guzmán Aguayo, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 64 de la Ley N” 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, y del artículo 73. del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, para que surta efectos en el proceso sobre acción de no discriminación arbitraria, Rol N* 4146-2016, sustanciado por el 13% Juzgado Civil de Santiago. Precepto legal reprochado El texto de los preceptos impugnados es del siguiente tenor: Artículo. 64 de la ley Orgánica Constitucional de Carabineros: “A la Comisión Médica Central de Carabineros corresponderá exclusivamente el examen del personal, a fin de establecer su capacidad física para permanecer en el servicio o determinar la afección que lo imposibilita para continuar en él. En caso de invalidez, el General Director resolverá en definit...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, veintiocho de mayo de dos mil quince. Proveyendo a fojas l111: a lo principal, como se pide; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, téngase presente. Proveyeñdo a fojas 120: estese al mérito de autos. Proveyendo a fojas 133. Por cumplido lo ordenado, agréguese a estos autos el oficio del Juzgado de Garantía de Temuco, por el cual se remite copia de las piezas principales del expediente referido a la gestión judicial invocada en estos autos. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 16 de abril del año en curso, don Pedro Toledo Barrera, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 230, inciso primero, del Código Procesal Penal, para que surta efectos en el proceso penal sobre delito de estafa y otras defraudaciones contra particulares, RIT 9229- 2013, RUC 1310031758-8, sustanciado ante el Juzgado de Garantía de Temuco; 2% Que, con fecha 23 de abril del año en curso, esta Sala admitió a tramitación el req...
Tribunal Constitucionalinaplicabilidad